Atrasos de salario

Persona que termina el contrato el 19 de marzo de 2005 y le renuevan lo antes
> Posible.
> 1.- Si su empresa paga los atrasos de salario el 30 de septiembre de 2005, a
> Esta persona le pertenecen los atrasos de todo el año.
> 2.- Igualmente que si terminara el contrato el 19 de marzo de 2005 y no
> Renueva contrato se le deben abonar estos atrasos cuando la empresa los pague
> (Le corresponderían desde el 1 de enero hasta el 19 de marzo).
> Un saludo y gracias por tu respuesta

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Si esa persona estuvo trabajando todo ese tiempo, desde el día primero hasta el 19 de marzo o cualquier día posterior, la empresa tiene obligación de pagarle todo el adeudo, haya contrato renovado ya o no.

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