Uso y disfrute de terrenos de una herencia

Se ha firmado la aceptación de una herencia por parte de tres herederos hace poco dos días
Entre lo heredado hay una finca rustica (en estado deplorable) pero que uno de los herederos (con un 70%) disfruta libremente y lo habita los fines de semana como lo venia haciendo hasta el fallecimiento de la testadora, y, por otro lado terrenos ( muchísimas hectáreas, no lo sé exactamente pero se sabrá exacto cuando el notario nos remita las escrituras) de los que también se esta lucrando, unos arrendados y otros, unos olivos que por supuesto los esta trabajando el principal heredero, pero que las ganancias son para el mismo.
Los otros dos herederos son adjudicatarios de un 15% cada uno.
La pregunta es la siguiente ¿se puede legalmente con un 30% (entre los otros dos afectados) prohibir el uso y disfrute de toda la finca por esta persona?
¿Qué pasos habría que seguir? Lo cierto es que el poseedor del 70% no tiene prisa por vender ni siquiera ofertar aduciendo que es mala época, pero mientras tanto disfruta de un todo
Todavía no se ha hecho efectivo el pago de los impuestos pues se acaban de firmar las escrituras de la aceptación de la herencia.

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Pues mire, lo que tenían que haber hecho antes de firmar, ya que son varias las fincas, valorarlas y lo que a cada cual le correspondiera, repartirse las propiedes.
Ahora cada finca tiene tres propietarios. Están en pro indiviso.
Claro que ahora todos tienen igual derecho. No manda más el que tenga el 70%. Es decir, que esto no va por votación. Con uno que se niegue a algo es bastante.
Si hay fincas alquiladas, (que les de copia de los contratos, tienen derecho a ello), el alquiler habrá que repartirlo entre los tres acorde con su tanto por ciento.
Si ha de alquilarse alguna, deberán firmar los tres como arrendadores.
Si se va a vender una, habrán de firmar los tres como copropietarios en pro indiviso.
En resumidas cuentas, que si hubieran repartido, no estarían ahora atados los unos a los otros y encima con uno que domina la situación. Pero domina la situación si ustedes quieren, porque ya les digo que todos tienen igual derechos.
Si esa persona utiliza una finca, habrá de pagarles a los otros un alquiler. Eso es cuestión de que lleguen a un acuerdo. Que seguro que va a ser casi imposible.
Y si hay fincas alquiladas, pues a repartir el dinero entre todos.
Si el del 70% cede, aguantarán ustedes un corto periodo de tiempo. Porque al final, seguro que volverán a surgir las tiranteces y los roces.
Mi consejo es que ya que han firmado, hablen de nuevo y a ver si llegan a un mejor acuerdo de reparto. Que no haya proindivisos. Pagarán otra escritura, pero se van a ahorrar unos cuantos millones.
Si no llegan a un acuerdo la Ley ampara a cualquiera de los tres a demandar a los demás para la división de la "cosa común". Pero ¿qué pasa? Que si no han sido capaces de llegar a un acuerdo tomando cafelito, menos van a llegar delante de un juez. ¿Y sabe lo que pasa entonces? Pues que el juez ordena la venta en pública subasta. (Artículo 1062 del Código Civil) Y encima de tardar en todo esto casi un par de años, encima de gastarse cada uno unos milloncetes (aquí no va en tantos porcientos. Todos pagan lo mismo) encima, salen las fincas a subasta y por supuesto a bajo precio, con lo que sacan una miseria comparado con lo que sacarían si llegaran a un acuerdo tomando ese cafelito que decía antes.
En resumidas cuentas, que la Ley ampara por igual a todos, y que cualquiera que no quiera seguir en pro indiviso, puede presentar demanda judicial. Lo malo es que ese es el único camino.
Por favor, no olvide finalizar la pregunta para que se me quede libre.

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