¿Por cuento debo de escriturar vpo?

Quiero comprarme un piso de vpo que me vende una agencia y el precio esta en 120.000 euros pero me he enterado de que el valor legal de esa casa es de arpox 171.000 euros, ¿por cuánto debo de escriturar para que no tenga problemas con hacienda?

Escrituro en 120.000, ¿171.000 o que hago...?

La verdad es que tengo muchísimas dudas y necesitaría que alguien me pudiera aconsejar de la mejor forma posible.

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Si tú pagas 120.000 euros eso es por lo que tienes que escriturar obligatoriamente. Otra cosa es que ante Hacienda el piso valga más, que puede ser. En tal caso lo único que tendrías que hacer sería justificar ante Hacienda por qué el piso te ha costado menos de lo que ellos creen (quizá por su estado o simplemente porque el precio es el de vpo). Si puedes justificarlo, por ejemplo con la tasación de la vivienda, no habría problema ninguno. Como mucho, si no te lo aceptaran, tendrías que pagar los impuestos como si la casa te hubiera costado más, pero lo legal es escriturar en lo que se paga, ni más ni menos. De todos modos yo lo que haría sería asegurarme en tributos (pregunta en tu comunidad autónoma) del precio en el que Hacienda valora la casa, para poder prepararte. Ten en cuenta que el precio legal que tú dices de la vpo es un precio máximo. La ley fija qué precio máximo pueden tener las vpo, pero no dice nada del precio mínimo, así que quizá Hacienda no valore el piso en ese valor que tú crees.

Muchas gracias Elena pero tengo todavía una duda mas, joo lo siento ando en un mar de dudas: como te comente antes el valor legal de la casa segun la comunidad de madrid esta aprox en 171.000 pero me la quieren vender en 120.000 hasta aquí ok, pero a parte también he podido ver un documento del 2007 que dicen en negrita y en mayúscula algo como : se acuerda en no hacer el derecho de tanto y que si alguien comprara la vivienda tendría que ajustarse a los precios máximos legales en el momento de vender.

Ademas me suena algo como derecho de retracto y los siento pero ya me he perdido. No se que significa cada cosa.

Una vez mas te pido consejo y ayuda y pido perdón por mi ignorancia en este tema .

MUCHAS GRACIAS

Lo que significa eso es que la Comunidad Autónoma tendrá derecho preferente de compra de la casa. Es decir, que si el vendedor pide el permiso de venta y la Comunidad quiere comprarla ella, puede hacerlo. No suele pasar, pero puede. Esto es para evitar que el vendedor diga que la vende en 100 y pretender que el comprador pague 140 (parte en b). La Comunidad entonces puede quedarse la casa a 100 y fastidiar el "negocio" ilegal al vendedor.

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