Compra libre de vpo

Estimada experta,
estamos mirando un chalet para comprar. La cuestión es que pertenece a una urbanización de VPO. Quiero comprarlo como vivienda libre y no como VPO. La promotora me dice que no va a haber problemas, pues le voy a comprar libre, pero en la reserva y en el contrato aparece como VPO. Me dicen que a la hora de escriturar se hace como libre.
¿Se puede hacer?, ¿Qué problemas puede haber?. Puesto que todavía no hemos firmado ningún documento, ¿Qué nos recomiendas hacer para evitar problemas?.
A la espera de tus noticias, te mando un cordial saludo.

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Si la casa está calificada como vpo no puede comprarse como libre. Así de rotundo. Ten cuidado y no des ningún dinero hasta que la situación esté totalmente clara con el promotor porque lo importante en este punto es el contrato que firmes, no lo que él te diga de palabra.
Hay comunidades autónomas que permiten que, una casa nueva libre con unas determinadas características pueda calificarse como vpo si el comprador también cumple los requisitos y así lo requiere, pero nunca al revés. Si una casa se ha calificado como vpo (es decir, tiene la calificación definitiva) no puede quedar libre antes de su venta porque tiene que cumplir la legislación a la que queda sujeta una vez que pasa a ser vpo, y esto implica que no se pueda liberar en varios años. (Ten en cuenta que el promotor recibe una serie de ayudas cuando califica la vivienda a cambio de venderla como vpo, no puede venderla como libre en ningún caso)
En fin, mi recomendación es que no firmes ni pagues nada si no estás dispuesto a comprar una vivienda protegida, que es lo que indica el contrato. A efectos legales es lo que tendría validez en una reclamación posterior. Si el promotor está convencido de que no hay ningún problema, que redacte un contrato de vivienda libre, así de simple. Si no está dispuesto, es por algo, así que no firmes un contrato de vpo si no estás dispuesto o no puedes optar una vpo.
El tema es que ya dispongo de una vivienda habitual e igual no puedo acceder a una VPO, aunque sea de régimen general como es el caso. ¿Qué pasaría con las cantidades entregadas si decido comprar y no me conceden la VPO?.
Saludos.
Eso depende de lo que figure en el contrato (mira en el apartado donde hable de rescisión unilateral del contrato por parte del comprador), pero podría darse el caso de que llegaras a perder parte o incluso todo de lo que entregues como señal. Yo desde luego no entraría por ahí sin tener seguridad 100% de que podrás escriturar la casa.
Los requisitos que deberías cumplir si quisieras comprar la casa como vpo varían en función de la comunidad autónoma de que se trate y del plan de vivienda al que se acoja la casa, pero con carácter general debes saber que ésta que compres tendría que pasar a ser tu vivienda habitual durante todo el tiempo que esté protegida. Además tendrás que tener en el momento de la compra un límite máximo de ingresos (si quieres que te los calcule necesito saber la provincia y municipio donde se encuentra la casa, el plan de vivienda al que pertenece y el número de miembros de tu familia). En cuanto a tener otra casa ya, depende de la comunidad autónoma, por ejemplo en Madrid sí se permite optar a una vivienda protegida si tienes otra vivienda libre en otra comunidad autónoma.
Respecto al tema de tener que ser mi vivienda habitual mientras esté protegida no me importa. ¿Cuándo y cómo se puede eliminar la protección?.
La vivienda se encuentra en Torrelavega (Cantabria), somos un matrimonio con un bebe en espera y no sé el plan de vivienda al que pertenece.
¿Cómo puedo saber si voy a poder escriturar la vivienda con seguridad?
Saludos.
En Cantabria, el actual plan de vivienda estipula que la duración de la protección es de 30 años con carácter general, 15 en el caso de viviendas de precio concertado. Pasado este tiempo la vivienda quedaría liberada.
En cuanto a ingresos, te pedirían a día de hoy que en la declaración de la renta de 2009 (última presentada) no superarais los 34.243 euros para una familia de 3 miembros para comprar una vpo de régimen general. El problema es que Cantabria también exige que quien pretenda acceder a una vpo deba estar inscrito en el registro público de demandantes de vivienda protegida, para lo cual ponen como requisito no tener vivienda en propiedad, por lo tanto, en tu caso no va a ser posible.
El teléfono de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura de Cantabria es el 902999926, por si quieres ampliar la información de tu caso concreto.

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