Seguros hipotecas

Hola, tengo actualmente una hipoteca puente con una misma entidad.
Actualmente no estoy contenta con dicha entidad y en cuanto pueda, me cambio.
Tengo dos seguros de vida, uno por cada piso de la hipoteca y dos seguros hogar, uno por cada piso hipotecado tamb.
Ambos seguros uno de vida y otro de hogar por cada vivienda hipoteca lo tengo con una entidad colaboradora y festionado por el banco.
Mi pregunta es:
Según ley, ¿qué seguro es obligatorio tener de un piso dentro de una hipoteca?
¿Es obligatorio ese seguro obligatorio por ley tenerlo con la entidad bancaria?
Tengo entendido que la ley solo obliga a tener el piso hipotecado con seguro de hogar y que el seguro de vida no es obligatorio. También tengo entendido que los bancos pueden exigirte ese seguro hogar de tu piso hipotecado pero no te pueden exigir que los contrates con ellos.
He mirado los papeles de los que dispongo y por ningún lado pone que esté obligad@ a tener nada contratado con ellos.
¿Estoy en lo cierto o en un error?
¿Realmente la ley que dice al respecto?
Muchas gracias de antemano!

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El seguro de hogar si que es obligatorio por ley, no así el seguro de vida que es opcional. Aunque hay que tener en cuenta, que en caso de fallecimiento o invalidez permanente de cualquiera de los propietarios, la parte correspondiente de la deuda queda cubierta por el seguro, así que desde mi punto de vista lo veo útil. Imaginate (dios no lo quiera) que a tu marido (si estás casada y el piso es de los dos) le pasa algo en un futuro, la diferencia está entre quedarte con una hipoteca de la mitad, o seguir adelante con un sueldo menos y con toda la hipoteca. Es macabro pero hay que tenerlo todo en cuenta.
Eso si, cuando el banco te hace la oferta vinculante, te puede exigir en la misma una serie de vinculaciones (seguro de vida, seguro de hogar con ellos, domiciliar nomina, tener tarjeta de crédito con ellos) para ofrecerte las condiciones que te ofrecen.
Desde luego que si esas vinculaciones no te convencen te puedes ir a otro banco a ver que te ofrecen, pero si las has aceptado, esto debería figurar en la escritura de constitución de hipoteca, y si no figura pues no vale.
En mi caso por ejemplo, al hacer la hipoteca dijeron lo del seguro del hogar con ellos, y lo del seguro de vida. Pues bien, así lo hice, pero como en mi escritura no pone nada de que tengo obligación de tenerlo con ellos, pasados un par de años, el seguro de hogar lo hice con otra aseguradora que me salía más barato, y ellos con dos palmos de narices se quedaron sin poder hacer nada.
Yo que tú, me leería con detenimiento la escritura de la hipoteca, porque a fin de cuentas es lo que jurídicamente vale.
Muchísimas gracias por su respuesta.
Me leeré con detenimiento mi escritura de nuevo, aunque ya lo hice y nada creo que leí sobre vinculación alguna, pero volveré a leerla otra vez.
Estoy de acuerdo con su opinión respecto al seguro de vida, pero to por ejemplo soy soltera y al día de hoy sin compromiso, no tengo hijos ni pienso tenerlo.
¿Cree usted que al día de hoy que me pasase algo me interesa un seguro de vida?
¿A quién se lo dejo? Porque mi única familia es mi madre y ya tiene 79 años.
Realmente hoy por hoy me merece la pena pagar un seguro de vida, a lo mejor cuando tenga pareja estable si, ¿pero ahora?
Quisiera saber su opinión.
También decirle que solo dispongo de las escrituras donde consta la hipoteca de mi nuevo piso, el otro que tengo hipotecado como estaba libre de cargas se ha hipotecado por una cierta cantidad pero yo sigo teniendo mi antigua escritura y no me dieron ningún documento de la hipoteca de este piso, solo del otro porque se escrituró por primera vez.
¿Puedo exigirle documentación al banco?
Muchísimas gracias de antemano, su labor es para mi de agradecer.
Saludos.
Dada tu situación de soltería, la verdad es que si te pasase algo la deuda pasaría a tus herederos (porque igual que se heredan las riquezas, también se heredan las deudas), pero dado que no tienes herederos el banco subastaría el piso y con lo que sacara pagaría lo que quedara de deuda, y si no fuera suficiente pues mala suerte para ellos, je je.
Desde luego, si durante algún tiempo te puedes ahorrar el seguro de vida, mejor para ti, además este seguro asegura la cantidad todavía pendiente de amortizar, así que con el paso del tiempo, la cantidad es cada vez menor, y por tanto la prima del seguro también.
Como dices que tienes una hipoteca puente, ¿es qué tienes intención de vender el piso antiguo, o solo que lo has puesto como garantía para la hipoteca del nuevo?
Si como dices, estaba libre de cargas, y se ha puesto como garantía para la nueva hipoteca, estaría afectado por la misma escritura, ya que estará citado también.
Finalmente, me resulta extraño el que te hayan hecho dos seguros de vida, uno por cada piso hipotecado, si la hipoteca puente es única.

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