Compensación de deudas, cliente, acreedor

Un cliente me debe dinero y me paga con un inmovilizado (carretilla elevadora) me hace factura por la venta de dicho inmovilizado., el asiento contable de dicha "compra de inmovilizado material" no es problema, la cuestión es que tengo un mayor abierto con saldo al debe de este cliente, pero a su vez tengo otro mayor abierto como proveedor de inmovilizado por la compra de la máquina con saldo al haber... ¿puedo saldar las dos cuenta? ¿Cliente al haber y proveedor de inmovilizado al debe?

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Según la legislación vigente, no se pueden compensar los saldos de varias cuentas, aunque sean del mismo titular (CIF).

Lo correcto es que cada empresa le firme o entregue un recibo a la otra por el importe que cada una le adeuda a la otra, y si hay alguna diferencia ente ambos saldos, esa diferencia deberá ser pagada.

entonces como sería el asiento contable para cerrar la cuenta de cliente 430, ya que no la puedo saldar con bancos, la forma de pago ha sido el inmovilizado.

Hacéis los pagos y cobros por caja.

La deuda del cliente, la cobras:

570 a 430

La deuda con el proveedor de inmovilizado, la pagas

410 a 570

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