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saldar cuenta 490

Experto:
Usuario:
Fecha: 31/03/2009
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Contabilidad
30/03/2009
marihh, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
hola! Soy nueva en esto, necesitaria tu ayuda a ser posible, repasando saldos he visto que tengo una dotacion que hicieron el 2004, 694 a 490, tengo en saldo todavía en esa cuenta, como saldar la 490, si la provisión que se hizo no se cobro, sería correcto hacer el asiento 490 a794? .
Por otro lado, al finalizar el año 2008, tengo varios clientes con saldo que se que son ya incobrables, ¿sería correcto hacer esto?
436 a 430
650 a 436
sin necesidad de hacer las dotaciones porque ya se que no se van a cobrar.
Gracias de antemano, espero me puedas decir algo.
Un saludo
 
 
30/03/2009
marihh, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
En relacion a la cuenta 490 debes de ver si el credito por el que se doto es incobrable. Si lo es tendrias que hacer:
650 a 436   y
490 a 794

En relacion al segundo supuesto, aunque el efecto es el mismo, es mas correcto hacerlos pasar temporalmente por dudoso cobro y tras un tiempo en esta cuenta, dotada la provision, dar el credito por totalmente incobrable. Yo haria asi:

En la fecha que pudieras haberlo sabido

436 a 430
694 a 490

y posteriormente, transcurrido un tiempo, ejercidos los medios de cobro posibles y clasificado por realemte incobrable:

490 a 794
640 a 436
Espero haberte ayudado. Cualquier duda ya sabes.

Un saludo.
31/03/2009
marihh, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
el problema es que en el año que se hizo la dotación no se utilizo la cuenta de clientes de dudoso cobro, solo veo que se hizo el asiento de la dotación, pero la verdad es que no se que que clientes engloba, !esto es un poco lioso! ¿que es lo mas correcto para saldar esa cuenta? yo creo casi al 100% que no se cobro, pero hay esta la duda..
En cuanto a la segunda opción muchas gracias x tu ayuda pero ha servido mucho. Lo haré como me comentas
 
31/03/2009
marihh, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
Yo haria esto:
Parece ser que el anterior contable doto la provision pero no reclasifico el credito; Puesto que el principio de prudencia ya no prevalece sobre el resto, no desdotaria la provision y la aplicaria a los clientes de dudoso cobro que tienes ahora. Es decir, segun me comentas, actualmente en la 430 tienes un saldo incobrable, reclasificalo como dudoso cobro y dota la provision por diferencia entre lo que ya tienes dotado de ejercicios anteriores y no esta reflejado el dudoso cobro.
Creo que es la forma en que las cuentas reflejarian de forma fiel la imagen de la empresa, ya que dar un ingreso desdotanto la provision y a la vez dar un mayor gasto al dotar de nuevo la provision, globalmente no tendria efecto, pero estariamos diciendo que nos equivocamos en otro ejercicio al dotar una provision por insolvencias, lo cual parece ser que no es cierto, que lo que se hizo mal fue no reclasificar la cuenta de clientes.

Espero haberte ayudado, si tienes cualquier duda ya sabes.
31/03/2009
marihh, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
Muchas gracias x tu ayuda, creo que es lo mas correcto. Mil gracias de nuevo
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