Gastos de constitución

Necesito saber si en una s.l. Recién creada, los gastos de constitución de notario, impuesto de la comunidad de Madrid, arrendamiento del local tienen que ir en gastos de constitución y amortizarlos o como son de pequeño importe puedo tratalros como gastos normales. Gracias

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Los gastos de constitución y de primer establecimiento los debes amortizar, y contabilizarlos a cuenta de inmovilizado y amortizarlos sobre la misma cuenta en un 25% anual.
El arrendamiento del local es un gasto, no lo lleves a constitución o primer establecimiento.
Gracias por la respuesta, cual es la cuenta de inmovilizado para amortizar y si se puede amortizar en un 20% anual, ¿si son inferiores los gastos a 600? Como se hace la amortización acelerada
Los gastos de constitución tienen un período máximo de amortización de 5 años, sí, los puedes amortizar al 20%.
El asiento es:
680 amortización a 200.

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