Contabilizar préstamo y anticipo.

Hola a todos. He empezado a trabajar como aux.admin. Desde hace poco.En una de las empresas me ha tocado contabilizar una ampliación de un préstamo y no se si lo he hecho bien. 171.1 al haber el total del prest. 270000; 626 al debe 247.41; 407.1 al debe 1500 y la diferencia al banco.Por otros motivos de ese préstamo se hizo un anticipo, mi pregunta es ¿dónde contabilizo el anticipo? Por adelantado, muchas gracias.

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Si os han ampliado el préstamo lo contabilizas como mayor deuda al banco que será el dinero que os han ingresado más. Osea 171 a 572. Recuerda que debes distinguir entre cuotas a largo plazo (171) y las del corto (520). Por anticipo no sé qué es, si amortización anticipada o que os han dado dinero antes de lo pactado, pero en ese caso formaría parte de la 171/520.
Buenos días.
Es un préstamo a l/p. Del préstamo solicitado se anticipo una cantidad(de 234.944,15eruos) para cancelar el préstamo anterior. El saldo deudor del préstamo anterior era de 234.655,57. La diferencia entre el saldo que había para cancelar y el importe anticipado, ¿puede qué sean gastos, comisiones, no se donde contabilizar esta diferencia?
Sin más, agradecerle su ayuda y se respuesta.
Espero de nuevo se respuesta.
Muchas gracias.
Hola de nuevo.
Una pregunta:
TOdo esto ocurre en el 2008. No se porque motivo la persona de fiscal encargada de hacer el cierre del año, no lo hizo. Se presentó el Mod. 200(Imp.Soc.), pero los libros no se presentaron. Es más se están preparando ahora, por eso el motivo que al repasar las cuentas para el cierre, he visto el error.
¿Puedo modificar el error sobre el mismo ejercicio 2008 o lo tengo que contabilizar como error en el 2009?. No se si el echo de que no se cerrará el 2008 nos da cierta ventaja.
Como son cosas que no se por pardilla, lo pregunto.
Muchas gracias de nuevo, y perdón por mi deconocimiento.
Gracias de nuevo
Te recomiendo que lo presentado en el modelo 200 coincida con las cuentas anuales de la empresa. Cualquier modificación yo la haría en 2009.
Para cuadrar el saldo del préstamo, si el importe no es significativo llévalo a gasto, aunque podría ser que la anterior persona estuviera aplicando el criterio correcto de TIE de la operación

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