Autónomos

Llevo la contabilad de un autónomo, acogido al régimen de módulos epígrafe 722 transporte internacional, aunque ya sabemos que no es obligatorio, pero si aconsejable.mi pregunta es la ss:
Estamos construyendo una nave y no se si meter todas las facturas como gasto o someterlo a amortización abriendo primeramente una cuenta de construcciones en curso, ya que la nave nos llevara varios años construirla debido a que la hacemos conforme a nuestras posibilidades.

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Respecto de la compra de la nave por un autónomo acogido al régimen de estimación objetiva (módulos) debes tener claro lo siguiente:
Un autónomo, por el hecho de serlo es como una empresa en sí mismo: él es el motor de la actividad, el que corre con todos los gastos y el que obtiene todos los ingresos. Ahora bien, al estar acogido al régimen de estimación objetiva, como bien sabrás, la determinación de los ingresos se hace en base a unos parámetros que fija Hacienda, por lo que los gastos nunca son deducibles salvo excepciones, en las que se encuentra la amortización (dentro del apartado de incentivos a la inversión).
Por lo que sería más que aconsejable que esas facturas las tengas en cuenta como parte del inmovilizado, pero siempre que tengas en cuenta la aplicación de las tablas de amortización (http://www.weblaboral.net/irpf2004/clav2310.htm).
Por último, te recomiendo hacer un seguimiento de la facturación y de los gastos de forma paralela al régimen de estimación objetiva, ya que puede que en algunos casos sea más conveniente el pasarse al régimen de estimación directa.

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