Solar en promotoras

Hola, normalmente cuando se compra un solar se contabiliza en el grupo 2. Pero somos una empresa promotora, que ha comprado un solar para construir un residencial de pisos y venderlos. Dónde contabilizo el solar, y cómo he de contabilizar la construcción de los pisos y su venta.
Muchas gracias
Respuesta
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Si el mencionado solar es para edificar viviendas residenciales se contabilizan como existencias de mercaderías.
En cuando a la construcción de los pisos, contabilizaras los pagos a cuenta (570 a 430) y cada trimestre para la presentación de IVA( 430 Y 472 A 437).

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