Instalación de alarmas

¿Se Daría de alta como inmovilizado la instalación de alarmas? Seria en la (¿222x)instalaciones técnicas?

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En principio, la instalación de una alarma antirobo supone un INCREMENTO DE VALOR del inmueble en el que se haya instalado.
Así pues, lo más adecuado sería incorporar el valor de la alarma al del inmueble.
No obstante, si el VALOR UNITARIO de la alarma es muy significativo y teniendo en cuenta que su vida útil es menor que la de un edificio, cabría considerarla como una INSTALACIÓN y registrarla contablemente por separado.
No obstante, en este caso se imputaría a la partida (225), por cuanto la alarma NO FORMA PARTE DEL PROCESO PRODUCTIVO.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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