Altura de las ventanas

Recientemente mi mujer y yo nos hemos decidido a colocar una barandilla de protección en cada una de las ventanas de nuesrto piso.
Al dirigirme a varios talleres para pedir presupuesto, me comentaron que si la altura del suelo a la ventana no es de 100cm mínimo, la empresa constructora debería haberlas colocado en obra.
Para asesorarme me dijeron que hablase con un arquitecto.
Así que mi pregunta es:¿Qué altura tiene que haber desde el suelo a la ventana para que la constructora no este obligada a colocar barandillas de seguridad?
La construcción es del 2002.

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Tal y como te han informado tiene que haber una protección de 1 metro. Si el peto de la ventana no tiene esa altura hay que poner una protección (siempre que la ventana no sea fija, claro está).
Te han informado bien.
Muchas gracias por contestarme y aclararme esto. ¿Quería preguntarte a quien debo reclamar? A la empresa constructora o al ayuntamiento que es quien firmo la cedula de habitabilidad si cumplir los requisitos.
Un saludo
En principio se lo puedes reclamar a la promotora y también al ayuntamiento. Esto consúltalo con el abogado y sabrá mejor desde que punto de vista plantearlo.

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