Asade Sindicato

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sindicalista
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Respuestas en Derecho Laboral

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Modificación contrato - cobro de vacaciones

1) La reducción de jornada de un trabajador tiene que ir con la autorización del propio trabajador, a no ser que se produzca un ERE. 2) Las vacaciones deben disfrutarse, y es obligatorio en el año en curso 3) El periodo de vacaciones a cobrar es por...
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Cual es el sueldo y a qué convenio se acogen...

No me extraña que no puedan responderte, ya que los administradores de fincas al ser autónomos no tienen convenio colectivo. Otra cosa muy diferente es que te acojan al convenio deoficinas y despachos.
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Socio de sl

Pues la opción que te queda es vender tus participaciones en la empresa. Contacta con un abogado para que te lleve este tema.
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Artes gráficas y complementación lineal.

Haz la consulta directamente a la Seguridad Social.
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Contrataciones ayuntamiento

Generalmente si, ya que los ayuntamientos no quieren contratar personal fijo. No obstante el ayuntamiento tiene potestad para contratar en régimen de interinidad.
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Cambio de contrato

Tu contrato con el hotel debe respetarse hasta la finalización del mismo. Diferente es que a partir del mismo paséis a otra empresa sea o no ETT. En cuanto a la finalización y paso a otra empresa, pues ahí las condiciones laborales cambian ya que...
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Tiempo de descanso jornada laboral

El tiempo de descanso debe estar estipulado en tu propio convenio. Pídelo a tus representantes sindicales. El descanso obligatorio es para jornada continuada.
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Excedencia

Si tienes derecho a solicitarla, ahora bien, mira bien que tipo de excedencia quieres pedir, porque varia mucho de una a otra.
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Mar de dudas...

Si la empresa con, o sin consentimiento del Comité de Empresa, decide presentar un ERE, de cualquier tipo, a Delegación de Trabajo, tu ya no puedes denunciar, porque la empresa esta siguiendo los pasos legales. No obstante, como trabajador, tienes...
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Finiquito

Tienes 20 días para demandar a la empresa por despido improcedente. Acude de inmediato a un abogado para demandarles y poder cobrar finiquito e indemnización.