¿Puedo pedir una excedencia sin que me la nieguen?

Tras más de 10 años en mi empresa, quiero cogerme una excedencia de un año para irme a otra empresa del mismo sector a un puesto que me han ofrecido. Es en Madrid, agencia de publicidad (convenio publicidad). Quiero saber si estoy en mi derecho de cogerme una excedencia voluntaria para esto. Sería honesto y comentaría el motivo de mi marcha, no aplica que no lo diga porque luego todo se sabe y prefiero ir de cara con la verdad. He leído que si es para irme a otra empresa del sector, la empresa podría negarse. ¿Es correcto? Pasado el año, si decido volver, ¿hasta qué punto está la empresa obligada a abrirme la puerta en el caso de que haya una vacante de mi mismo puesto? ¿Puede negarse de alguna forma?

2 Respuestas

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El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 46.2 otorga al trabajador con una antigüedad superior a un año el derecho a acogerse a una excedencia voluntaria de entre 4 meses y 5 años de duración, sin limitar la actividad que pueda ejercer dicho trabajador durante ese periodo.

Por otra parte, por el punto 5 del mencionado artículo 46 tiene derecho preferente al acceso a un puesto de igual o similar categoría que hubiera o se produjera en la empresa, para su reincorporación

No obstante, deberá revisar lo que indique su Convenio Colectivo o su Contrato Laboral, por si estipularan alguna condición adicional en cuanto a la competencia desleal, puesto que usted seguiría vinculado a su actual empresa. Por tanto, deberá atenerse a las reglas de buena fe y lealtad con ella, respetando las normas en cuanto a la competencia y la confidencialidad (no podrá usar información de su actual empresa o aprovecharse del contacto o conocimiento de sus clientes, ni desvelar información).

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La excedencia la tienes que solicitar y te la tienen que conceder o no. Que yo sepa no es algo automático; si te la negasen tendrían que justificarlo, Mira, he encontrado esta página que parece que lo explica: https://laboralistascoruna.es/blog/motivos-denegar-excedencia-voluntaria/

Me imagino que harán lo posible por concedértela, ya que a lo mejor tampoco quieren a nadie a disgusto. Luego tendrás que solicitar la readmisión; y te tendrán que readmitir si tienen un puesto como el que tenías; y si no lo tienen, quedarías a la espera, me imagino. La readmisión me imagino que tampoco será automática, ya que imagínate que no tengan vacantes.

Otra cosa es que no sé si el fin de la excedencia lo puedes dejar de tal modo que no sea un plazo fijo (sobrepasando el mínimo por supuesto, y no sobrepasando el máximo).

Por supuesto que es buena idea lo de explicarles todo lo referente a tus planes laborales; incluso te pueden aportar algo; e incluso a lo mejor también les viene bien el que cambies de aires una temporada.

¡Muchas gracias por tu respuesta! 

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Sobre el plazo para solicitar la reincorporación:
https://ayuda-social.es/excedencia-voluntaria/

https://www.despachosabogados.es/cual-es-el-plazo-de-preaviso-para-solicitar-una-excedencia-voluntaria/

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2011/07/30/especificar-plazo-excedencia-prorrogarlo/0003_201107G30P23994.htm

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