¿Puede un denunciante pedir la palabra y presentar pruebas en un juicio además de su abogado?

Mi comunidad va a tener un juicio para cerrar un piso turístico. Nuestra gestoría está preparando el caso con uno de sus abogados. Tenemos la sospecha de que por culpa de esta gestoría que no hizo bien su trabajo presentando un poder notarial de bloqueo de este tipo de pisos, se le concedió la licencia al piso. Tengo intención de conseguir el documento donde figure la fecha de esa gestión y demostrar así que se tardó mucho tiempo en pedir ese bloqueo al registro de la propiedad tras decidirlo en mayoría suficiente en una reunión de vecinos que hicimos. El abogado no va a presentar ese documento ya que demuestraría que la gestoría para la que trabaja cometió un tremendo error. Mi idea es que una vez empiece el juicio pueda pedir la palabra para presentar la prueba. ¿Es esto posible?

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I. Hola Pedro, disculpe la intromisión, por mi parte no puedo ayudarle de ninguna manera por desconocimiento del ámbito, pero si lo desea podría intentar facilitarle comunicación directa con varios expertos que creo podrán ayudarle de primera mano, sólo bastaría con citarlos.

Si dispusiera de tiempo y lo desea podría leer un poco de información global acerca de este tema desde los siguientes enlaces. Perdone de nuevo por todas las molestias. Mucho ánimo.


*Las partes no pueden hablar en el juicio salvo que el contrario pida su interrogatorio como prueba, solo en el proceso penal el acusado tiene derecho a la última palabra

El acusado tiene el derecho de presentar pruebas que apoyen su defensa. Esto incluye la posibilidad de aportar documentos, testigos y cualquier otro elemento que pueda demostrar su inocencia o atenuar su responsabilidad*.


https://lomoabogados.com/dmrlomo/blog/2015/06/hablar-en-mi-juicio/ 

https://elderecho.com/alteracion-del-orden-de-la-prueba-y-ubicacion-del-acusado 

https://www.sanzdebremond.com/derechos-del-acusado-en-proceso-penal/ 

https://sempere-gelardoabogados.es/el-supremo-recuerda-que-el-acusado-tiene-derecho-a-declarar-en-el-juicio-oral-en-ultimo-lugar-una-vez-practicada-el-resto-de-la-prueba/

https://codigopenalespana.com/cuando-una-discusion-vecinal-puede-acabar-en-delito-penal/ 

https://www.legaltoday.com/opinion/articulos-de-opinion/la-ubicacion-del-acusado-al-lado-de-su-abogado-2021-03-29/ 

https://ejaso.com/conocimiento/el-derecho-del-acusado-a-declarar-tras-la-practica-de-la-prueba 

https://ejaso.com/conocimiento/el-derecho-del-acusado-a-declarar-tras-la-practica-de-la-prueba 

https://www.elsaltodiario.com/justicia/derecho-ultima-palabra-un-juicio-no-se-suele-utilizar-se-podria-mejorar 

Muchas gracias david. Veo que lo que quiero hacer de palabra no es posible. Sin embargo quizá la otra opción que apuntas puede que sirva porque dice tu respuesta que una de las partes puede aportar pruebas documentales. Lo que no sé es si se puede hacer no siendo yo el acusado, ya que formo parte de los acusadores, y tampoco si puede hacerse saltando al abogado. Si no me responden a esto haré otra pregunta nueva detallando estas dos cuestiones. Muchas gracias de nuevo. Esta es otra ocasión más en la que tu ayuda me sirve de mucho. Saludos.

I. Hola Compañero, muchísimas gracias por sus palabras y su amabilidad :) me alegra profundamente haberle podido ser de alguna utilidad aunque lamento de veras ser incapaz de atenderle mejor por mi ignorancia.

Si lo desea y fuese necesario podríamos tratar de comunicar su consulta a una persona conocedora, como por ejemplo el Compañero Poli Plos, que pienso podría asesorarle de primera mano cuando le sea posible.

Mucho ánimo.

Gracias david. Perdón por el retraso en responder pero no me ha sido posible hacerlo antes. Muy buena idea la del compañero de foro de Poli Plos. Me ayudó en alguna duda que tuve anteriormente sobre otros temas legales. Miraré como preguntarle que es algo que desconozco del foro. Gracias de nuevo por tu ayuda y saludos.

I. Hola Pedro, gracias por su deferencia. La verdad es que Poli Plos posee vastos conocimientos en este ámbito, creo que si le fuese posible podría orientarle muy bien y de forma extensa.

Con su permiso me tomo la libertad de citarle,

Poli Plos

Ojalá el Compañero u otra persona conocedora de la página pueda atenderle en breve. Ánimo y suerte.

Gracias david. Imagino que al incluir el nombre del compañero con enlace le habrá llegado un aviso de que se le ha citado en el comentario. Esperaré a ver si con suerte me contesta. Saludos.

I. Hola Pedro, eso es, al citarlo (pegar aquí el enlace de su perfil), se le notifica de inmediato una notificación en su buzón/bandeja de entrada de mensajes, siendo esta la manera más sencilla y rápida de citar a una persona en esta comunidad :)

El resto de expertos en este ámbito, estoy comprobando que hace meses dejaron de tener actividad, lo lamento, pero en caso de que continúe sin trataré de ver más opciones, por ejemplo valorar otra comunidad especializada en derecho. Mucho ánimo.

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