I. Hola Elena, no soy experto y no puedo ayudarle directamente pero quisiera comentarle que tal vez pudiera tratarse de un silencio administrativo negativo, el periodo para que se considere producido esta situación es de cuarenta y cinco días hábiles, y a su vez, (cito)
*Según las regulaciones, la administración debe responder en un plazo de 3 meses. Si no recibes ninguna respuesta después de este tiempo, debido al silencio administrativo negativo, debes asumir que tu solicitud ha sido denegada*
**Si en el plazo de 135 días no recae resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por 'silencio negativo'**.
*El demandante dispone de 30 días para interponer la demanda desde la fecha en que se le notifique la denegación de la reclamación previa o se entienda denegada por silencio administrativo*
Como lector habitual deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema, recogida de consultas anteriores, por si le fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o profesional, al que si lo desea podríamos citar o invocar en caso de que no recibiese una mejor ayuda. Le ruego me disculpe por las molestias de lectura y el tipo de respuesta. Mucho ánimo.
https://josepmariamerino.com/es/silencio-administrativo-incapacidad-permanente/
https://velazquezyvilla.es/cuanto-tarda-el-inss-en-notificar-una-resolucion/
https://www.campmanyabogados.com/blog/silencio-administrativo
https://www.fidelitis.es/jurisdiccion-social-plazo-silencio-administrativo/
https://www.bravoadvocats.com/incapacidad-permanente-guia-completa/
Silencio administrativo positivo
https://blog.sepin.es/recursos-contra-el-silencio-administrativo-y-costas-procesales-una-situaci%C3%B3n-justa
¿Con cuánto tiempo te avisa la Seguridad Social para revisión Incapacidad Permanente Total?
https://www.fidelitis.es/consejos-para-pasar-el-tribunal-medico/
https://web.icam.es/bucket/TRABAJO%20MONOGRAFICO%20administrativo.pdf
https://cobrarimpagados.es/procedimiento-ejecucion-sentencia/
https://defensordelmenordeandalucia.es/como-reclamar-contra-retrasos-en-las-resoluciones-judiciales