Aunque en general haya de atenderle un abogado o experto y sólo yo lector, quisiera trasladarle la información que vi por si pudiese serle de alguna utilidad y en especial ofrecerme para trasladarla a un experto de la comunidad para facilitarle una respuesta con conocimiento de causa, siempre en caso de no llegar respuestas. Le ruego me disculpe tanta imprecisión y todas las molestias, mucho ánimo.
https://www.infoautonomos.com/blog/iva-sin-actividad-sin-ingresos/
https://www.facturadirecta.com/blog/Tengo-que-presentar-los-modelos-tributarios-si-no-he-facturado-nada/
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**La respuesta es sí, debes presentar algunos modelos de impuestos aunque no hayas facturado nada. Sin embargo, hay algunas excepciones y detalles que debes tener en cuenta. En este post vamos a analizar los casos de los modelos 303, 390, 130, 111, 200 y 131 cuando no has facturado.
La norma general del IRPF dice que no tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 22.000 euros anuales, salvo que procedan de más de un pagador, en cuyo caso el límite anterior baja a los 15.000 euros**
https://www.elperiodico.com/es/economia/declaracion-renta/20240323/quienes-estan-obligados-a-declarar-declaracion-renta-dv-11703276
https://getquipu.com/blog/debo-presentar-los-modelos-tributarios-si-no-he-ingresado-nada/#:~:text=La%20respuesta%20es%20s%C3%AD%2C%20debes,131%20cuando%20no%20has%20facturado.
https://www.google.com/amp/s/okdiario.com/economia/hacienda-va-ir-pillarte-esta-multa-que-te-va-caer-si-no-has-hecho-esto-febrero-12464256/amp