La Propiedad de una vivienda, intenta rescindir un contrato indefinido (renta antigua) del año 1959.

El contrato expedido en dicha fecha, siendo mi padre el titular, tuvo una subrogación a favor de mi madre ( debido al fallecimiento del mismo) en 2004.

Yo soy el hijo, usofructuario de la vivienda, empadronado en la misma desde 2015.

Mi madre ingresó en una Residencia (hace 5 meses y medio) y el administrador de la finca pretende rescindir el contrato y hacer uno con la renta actualizada, o bien, echarme literalmente.

Tengo entendido que el abandono de hogar, de más de 6 meses, por el titular, dentro del mismo año natural, podría ser causa de la rescisión del contrato, excepto si es una causa JUSTIFICADA. Además, ¿qué pasaría si mi madre no acaba de acoplarse a la Residencia y quiere volver a su domicilio...?.

Tanto en el contrato inicial, como la escritura de subrogación, no hace ninguna referencia a la "obligatoriedad" de permanencia, o en su defecto, a la ausencia de más de 6 meses de la vivienda.

Me podrían informar que escenarios me puedo encontrar, ¿teniendo en cuenta la posibilidad de un retorno al domicilio (de 2 o 3 días) dos veces al año?. Ya que tengo la impresión que puede existir un vacío legal.

Respuesta
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La obligatoriedad de vivir en ella no es por lo que ponga el contrato, sino que tengo entendido que eso lo exige la ley que trata el tema. No sé en el caso de residencias, pero quizá no lo vas a tener fácil, excepto que vuelva a vivir tu madre en su casa, en menos de 15 días. No creo que te sirva la permanencia ocasional. No creo que exista vacío legal, ya que este tema está bastante tratado y, de hecho, me imagino que estará a punto de concluir, por las fechas.

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