Luces, vistas y no edificar en nota simple

Me podría explicar alguien de Vd, s con conocimientos, el motivo por el que en el Registro de la Propiedad no se pueden cancelar las servidumbres de "luces, vistas y NO ED", al objeto de que no figuren en la nota simple.

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No da usted mucha información para poder responder. No sabemos por qué o en base a qué quiere cancelar la servidumbre.

En cualquier caso, indicarle que una servidumbre es un derecho para quien la disfruta. Por tanto, no puede cancelarse sin su consentimiento o, en todo caso, sin una resolución judicial.

¡Gracias!  Muy amable

La servidumbre es sobre uno de los 238 pisos de un bloque de viviendas. En 38 años no he tenido ningún problema al respecto, pero a la hora de vender, sería interesante que la finca figurase libre de cargas, o eso al menos pienso yo. Un saludo y gracias 

No veo problema en que esa servidumbre conste en la nota simple. Imagino que habrá alguna finca vecina que tendrá huecos, ventanas o balcones hacia la finca de ustedes y en su momento se estableció esa servidumbre, que deberán respetar.

Ahora bien, podría cancelarse también, además de lo indicado anteriormente, por falta de uso (es decir, si no se ha hecho uso del derecho en un plazo de 20 años).

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