Vecinos no asistentes, en que casos sería obligatorio si consulta?

¿Hay algún caso o asunto de la comunidad en el que fuera obligatorio contar con el voto de los ausentes a una reunión?

¿Por ejemplo en el asunto del ascensor lo sería?

Respuesta

Los ausentes no pueden votar nunca (salvo que deleguen el voto, naturalmente). Pero hay acuerdos en los que se asume que los ausentes que no se opongan a ello, se suman a la mayoría y otros en los que eso no pasa. Y hay acuerdos en los que se necesita cierta mayoría sobre los presentes y otros en los que mayoría debe ser sobre el total de propietarios, ausentes y presentes.
Para aprobar la instalación del ascensor, basta con mayoría simple de los presentes en segunda convocatoria (del total, en primera convocatoria). Y a veces, no hace falta ni acuerdo (cuando viene impuesta por la necesidad de algún vecino con discapacidad)..

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