Instalación privativa de placas solares en comunidad

Un vecino quiere instalar placas solares para su uso privativo en el tejado de la comunidad y lo quiere pedir en una próxima reunión.

Quisiera saber qué porcentaje de votos a favor necesita para que le sea autorizada la instalación (C.A. Catalunya) y también si, debido a ello, puede obligarme a retirar un cable de antena colectiva que dice que obstucalizaría su instalación que se puso hace mucho tiempo para poder ver la televisión en unas habitaciones que no disponian de toma para ello ya que el bloque es antiguo y sólo habia toma en el salón, de hecho todos los vecinos fueron haciendo lo mismo.

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Lo que dice el artículo 553-25.2.e del Código Civil de Cataluña es que se aprueba por mayoría simple de asistentes a la reunión:

"e) La ejecución de las obras para instalar infraestructuras o equipos con la finalidad de mejorar la eficiencia energética o hídrica, así como para instalar sistemas de energías renovables de utilidad particular en elementos comunes, a solicitud de los propietarios interesados, aunque afecten a la estructura o a la configuración exterior. El acuerdo adoptado incluye, si la instalación existente lo permite, el acceso de otros propietarios siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido cuando se hizo la instalación, debidamente actualizado, así como el coste de la adaptación necesaria para tener acceso. Los propietarios que quieran tener acceso a las instalaciones preexistentes tienen que comunicarlo previamente a la presidencia o a la administración de la comunidad."

Por otra parte, no veo que exista necesidad de retirar ningún cable de antena para instalar unas placas solares. Una cosa no es incompatible con la otra. En todo caso, podría adecentarse un poco el recorrido del cable existente, en caso necesario.

Muy amable por detallar la respuesta. Evidentemente, no tengo inconveniente en que modifiquen el recorrido de ese cable siempre que el coste lo asuma él y no tenga yo pérdida de señal.

¡Gracias! 

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