Repartir dinero de la comunidad de propietarios

Somos una comunidad de propietarios de 34 vecinos. La comunidad se estableció como cual en el 2010. Desde esa fecha solo estamos viviendo 14, los otros 20 eran de la cooperativa que realizó la obra del edificio, que somos los que hemos mantenido la comunidad con nuestra cuota, por coeficiente, más un suplemento para poder pagar todos los servicios.

Desde el 2016 se puso una demanda, a dicha cooperativa, por las cuotas que no estaban pagando por sus 20 pisos. Ya salió el juicio y los obligaron a pagar los tres años anteriores y el que iba en curso, y empezaron a pagar las cuotas que le corresponde cada mes.

En una reunión de propietarios se acordó que se repartiera ese dinero entre los 14 vecinos, y se realizaría la devolución, calculando lo que cada vecino había pagado de más en todos estos años, siempre y cuando se deje en la cuenta de la comunidad el 10% del presupuesto anual para el fondo de reserva.

Mi pregunta es si es legal o no. En la reunión se aprobó por mayoría.

3 Respuestas

Respuesta

Si la reunión se ha aprobado por mayoría y todos están conformes, no hay ilegalidad alguna.

Respuesta

Que lo haya aprobado la mayoría no es garantía de legalidad. Si la decisión va en contra de la legalidad, cualquiera que haya votado en contra puede impugnar el acuerdo, con prácticamente total garantía de éxito.

Y el acuerdo que han tomado en su Comunidad puede ser impugnado. Cuando se ha obligado a los morosos a saldar su deuda, ese dinero es de la Comunidad y no de unos pocos de sus miembros. Sólo se podría repartir entre ellos con un acuerdo por unanimidad.

Lo que no acabo de entender es que la sentencia les obligara a pagar la anualidad en curso y las 3 anteriores. Esa cantidad es la que es exigible a un nuevo propietario en caso de adquirir una propiedad con deudas. Si no se trata de un nuevo propietario, la cantidad exigible es la que no haya prescrito. Y esta cantidad podría alcanzar la totalidad de la deuda, sin límite temporal, en caso de que la Comunidad hubiera reclamado, incluso extrajudicialmente, año a año, las cantidades adeudadas. Pero bueno, imagino que faltan datos, porque es un asunto juzgado.

Respuesta

The fact that it was approved by a majority of the members isn't an assurance of its legality. If the decision is in violation of the law, any person who opposed it has the right to contest the decision, almost with a 100% chance of the outcome.

And the arrangement they've signed in their Community could be to be challenged. If defaulters are required to settle their debt, the amount is the property of the Community not to only a handful of its members. The money can only be distributed to them by a majority agreement.

The fact that it was approved by a majority of the members isn't an assurance of its legality. If the decision is in violation of the law, any person who opposed it has the right to contest the decision, almost with a 100% chance of the outcome.

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