Nos cobran a la comunidad concepto "retención profesionales"

Quisiera saber qué es eso y si lo tenemos que pagar la comunidad

3 respuestas

Respuesta

Me huele a pufo y no podemos saber que es, deberá preguntárselo al administrador

¡Gracias! 

Nos lo cobran trimestralmente y pone 15% retención profesionales

Eso será el I.V.A

Cuantos € son

Nos cobran 40,5 cada trimestre menos uno que nos cobra 46,50 euros

¿Y cuánto cobra el administrador al trimestre?

95,4

Al trimestre sólo cobra 95€ sera una comunidad pequeña.

Para ese gasto es muy raro, pregúntele en la junta cuando haya que aprobar los gastos de que es el mismo

Respuesta

Mírelo bien, porque seguramente no se lo estén cobrando. Imagino que se trata de la retención del 1% que la Comunidad debe hacer a los profesionales autónomos para que Hacienda los tenga controlados. No se trata de un pago. Se le retiene el 1% de la factura al profesional y se ingresa en Hacienda.

Y si realmente les están cobrando algo, quizá sea por la gestión correspondiente, porque deben tramitarse los modelos 111 y 190.

Nos cobran40,5 cada trimestre y uno de 46,50 euros

Veo que indica que se trata de un 15%. Yo recordaba el 1%. No sé si habrá cambiado. En cualquier caso, si se trata de una retención, es como le indicaba antes, que no se trata de un gasto. La Comunidad abona un % menor en las facturas porque se lo retiene al profesional y lo ingresa en Hacienda. La Comunidad sólo hace de "puente", como hacen las empresas con sus empleados.

Pero verifíquelo con su Administrador.

Nos hemos cruzado con las respuestas...

Si les "cobran" un fijo es porque quizá las facturas de los profesionales sean también fijas. Podría seguir siendo una retención.

Aunque si realmente es un coste, como le decía antes, quizá sean los honorarios del administrador (o de un tercero) por la gestión de este asunto.

los administradores cobran a parte mensualmente sus honorarios

Ya, pero eso no cambia nada. Hay servicios que no están incluidos en sus honorarios y que los cobran aparte.

Respuesta

El concepto “retención profesionales” se descuenta de la factura de quien sufre esa retención, por lo tanto no hay que pagarlo.

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