Es válido los estatutos de la comunidad

Llevo 14 años en ésta comunidad y ni en la escritura ni el administrador pone nada de estatutos, ahora el presidente dice haber unos estatutos de primera compra de pisos y que no refleja si están registrados, ¿dichos estatos son válidos y obliga a todos los propietarios?

2 Respuestas

Respuesta
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Si no lo tiene claro, vaya al registro de la propiedad. Ahí podrá obtener estos estatutos y verá si existen o no.

¡Gracias! 

Si no están registrados y, como se deduce de su mensaje, se supone que son anteriores a la incorporación de usted a la comunidad, a usted no lo obligan.

¡Gracias!

Intentaré averiguar si están registrados o en todo caso que me faciliten el acta del acuerdo, tengo entendido que éste tipo de acuerdos de estatutos, ¿son por unanimidad?

En efecto. Unanimidad.

Respuesta
1

Los estatutis no tienen porqué figurar en las escrituras

El presidente se referirá a la escritura de división horizontal.

Los estatutos no son obligatorios que estén registrados, por lo cual bien puede ser que existan (que opino que no) y que no estén registrados.

Y en el caso de que existan, ¿cuál sería el problema?

La cuestión es que el presidente pone una serie de prohibiciones que más bien parecen decisiones unilaterales y que siendo así creo que incurriría en delitos

El presidente no es quien para prohibir nada, él es un propietario como los demás.

Nos puede indicar algunas prohibiciones.

Cuando prohíba algo, le exige por escrito (mejor burofax) los estatutos donde figure lo que el indica y le informa que en caso contrario usted desatenderá sus exigencias,

Si los estatutos figuran en el Registro, como le ha indicado PoliPlos, éstos no le obligan, pero para ello es necesario su impugnación

¡Gracias! 

Un ejemplo de su autoridad es proibir la entrada a la piscina a los morosos que aunque en el LPH art. 20.1 desde junio de este año se podía poner a votación además de que en junta general ponía llevarlo a votación, el presidente indico que ya estaba en los estatutos y no hacia falta votarlo, en dicha junta pedí que me facilitaran dichos estatutos, en el acta el administrador incluye dichos estatos fotocopiados y sin más explicación de donde proceden, yo adverti que si se creaba algún conflicto (ya hubo un conflicto con torta incluida con intervención de la GC. pero como no hubo denuncia se que quedó en nada) con sanción se haga responsable el presidente y no la comunidad,

Esto es sólo un ejemplo....

Pues ya sabe, al Registro e impugnarlos si están inscritos y si no lo están, pues ni casl

¡Gracias! 

Una vez consultado en el registro de la propiedad de la zona me confirma de manera general que sí que la mayoría de las comunidades tienen estatutos y afectan a todos los propietarios, no los he pedido por tener que hacer solicitud y pagar unas tasas de aproximadamente 70€.

Lo extraño de ésto es que se puedan acordar cosas que están en contra del LPH cómo es negar el acceso a la piscina a los morosos, por ejemplo prohibir poner carteles de compro o alquilo, tender toallas en las galerías y un largo etc. Si alguien me puede orientar o confirmar se lo agradecería.

Usted para poder darle una respuesta cierta, no sirve las respuestas con vaguedades.

Hay que saber si existen y están registrados, o no existen.

Esos ejemplos son más de norma de convivencia que estatutos.

Como ya le han presentado un documento, solicite el acta de cuando fueron aprobados.

Si no se la muestra pues a ciertas cosas no haga caso.

Desde luego el poner papeles de compro y alquilo en zonas comunitarias debe pedir permiso a la comunidad. Y en cuanto a tender toallas, pues que quiere que le diga, muy estético no es y los ayuntamientos lo prohíben.

Referente a prohibir la entrada a morosos a la piscina, tal como le han dicho no se pudo aprobar hace tiempo, dado que entonces no se podía impedir el uso de zonas comunes a los morosos

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