Consulta sobre división en cuaderno particional

La herencia de una tía, me dejo a mi y dos hermanos más una buhardilla a partes iguales. El resto de hermanos renunciaron a la herencia menos dos a los cuales a la hora de vender la buhardilla hay que darles una cantidad por pertenecerles la legitima. El caso es que esa buhardilla en su momento se valoro en 120 mil euros y la hemos tenido que vender por menos de 60 mil euros. La pregunta es, cuando se hizo la valoración de la buhardilla a ellos se les adjudico una cantidad de 5000 euros en función a esa valoración pero ahora al tener que venderla por menos cantidad, ¿hay qué hacer un calculo de la cantidad que hay que entregarles?. Yo entiendo que si, ya que al venderse por mucha menos cantidad, nosotros también vamos a recibir menos dinero que cuando se hizo la valoración inicial.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto.

Como norma general, los herederos que tienen la legitima, lo que aceptaron es un porcentaje de propiedad (siempre que no se estableciera un importe concreto como legado o algo similar).

Por lo tanto, ahora les corresponderá el dinero de la venta, conforme a su porcentaje de propiedad. Y al hacer la venta, se paga directamente (los compradores) a cada propietario, pues ha de constar en la escritura el importe y medio de pago.

Por lo que pone en el cuaderno particional, estos dos herederos que les corresponde la legitima, se estableció una cantidad que se les tiene que dar al vender el piso.Aquí el problema es que se hizo una valoración del piso de 120 mil euros y sobre esa valoración se calculo lo que debían de recibir estas dos personas que les correspondía la legitima. Entonces claro, al tener que vender el piso por menos de la mitad de ese valor, mi pregunta es si hay que respetar las cantidades calculadas cuando se hizo el cuaderno particional o al tener que vender el piso por menos dinero, se tiene que volver a calcular lo que tendrían que recibir. Gracias de nuevo por responder

Como ya le hemos indicado, deberían ponerse en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

En la escritura de adjudicación de herencia, se puede haber determinado un dinero o un porcentaje de propiedad.

Si se ha determinado un dinero concreto, por pagar su legitima en dinero, han de pagar ese importe.

Si lo que se adjudicaron es un porcentaje de propiedad, ahora les corresponderá el importe de su porcentaje de la venta, que les ha de pagar directamente el comprador.

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