Vender propiedad sin aceptar herencia

Mi padre murió y no hice aceptación de la herencia. Murió una tía de mi padre sin hacer testamento, dejando una propiedad a repartir entre varias personas entre las que se encuentra mi padre, que como está muerto heredo yo.

La abogada de los compradores se ha puesto en contacto conmigo, y yo quiero renunciar a mi parte del dinero por esa venta, y me pide por ello una serie de documentos para que yo pueda ir a firmar a una notaria esa renuncia.

Mi pregunta es, si no he hecho aceptación de la herencia de mi padre, ¿qué es lo que tendré que firmar en el notario? Tengo entendido que o aceptas o renuncias una herencia pero no puedo hacerlo por partes. Entonces, si renuncio a este dinero por la venta, ¿habré renunciado a toda la herencia? No me quedan claros estos conceptos. Y no entiendo, como sin haber aceptado la herencia de mi padre puedo renunciar al dinero de esa venta.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto. Pero efectivamente, puede que usted este renunciando al total de la herencia de su padre, al no haber tramitado previamente la aceptación de la herencia y no pueda renunciar solo a esa parte de la tía, pero habría que estudiar el posible testamento de la tía, para ver si es posible renunciar solo a eso, que en determinadas circunstancias si puede hacerse.

Gracias por su rápida respuesta! Es que la abogada, que esta en otra comunidad autónoma, me esta metiendo prisa para que le mande la documentación y firmar ante notario ya que los compradores tienen prisa por vender. Yo no se, tengo miedo que por renunciar a esto yo ahora pierda el resto de la herencia. Lo que no entiendo es que esta abogada pueda hacer los tramites sin tener yo tener la herencia aceptada. La tía de mi padre no dejo testamento, por ese motivo hay muchos herederos y el importe a repartir es de menos de 200 euros, de ahí que yo quiera renunciar.

Es que hay alguna manera de renunciar a este dinero sin tener yo la herencia de mi padre aceptada?

Como le hemos comentado, estas cuestiones son complejas. Si usted renuncia a la herencia de su padre por parte de su tía, sin haber aceptado previamente la herencia directa de su padre, es posible que se encuentre con que no pueda luego aceptar.

Que tengan prisa o no, es una cuestión ajena a usted... pero si le recomendamos que primero acepte la herencia de su padre, directa y luego renuncie a la parte que le pueda corresponder por su tía... o no renuncie y cobre esos 200 €.

En cualquier caso, un abogado que le estudie su caso concreto, es quien mejor puede ayudarle.

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