Vicios ocultos en compra furgo camper

Hemos comprado una furgo de segunda mano. Antes de la compra se habló de las ruedas delanteras que estaban mal, y el piloto de la calefacción interna daba un error con una luz roja.. El vendedor nos dijo que eso era que necesitaba purga, que le iba pasando de tanto en tanto, y que si éramos mañosos incluso lo podíamos hacer nosotros mismos. Una vez comprada, hemos cambiado las ruedas. Y la calefacción en dos talleres nos dicen que está estropeada que no es cuestión de purga. ¿Podemos reclamar al vendedor poner una nueva? En el contrato hemos detallado el tema de vicios ocultos.

1 Respuesta

Respuesta

Dice usted que "En el contrato hemos detallado el tema de vicios ocultos."

¿Podría decirnos cómo lo han detallado?

¡Gracias! 

Se firmaron dos contratos:

Contrato compraventa camperización:

"el comprador declara conocer el estado actual del bien y exonera de manera expresa al vendedor de cualquier responsabilidad por vicios o defectos ocultos o posibles averías que el bien manifieste en un futuro, según se determina en el artículo 1485 del codigo civil, salvo aquellos ocultos que tengan su origen en dolo o mala fe del vendedor.

Contrato compraventa vehiculo entre particulares:

"el comprador declara conocer el estado actual del vehículo, por lo que exime al vendedor de garantía por vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega, salvo aquellos ocultos que tengan su origen en dolo o mala fe del vendedor"

Pues me temo que lo tiene usted complicado. En la compra de vehículos entre particulares, el vendedor responde por los vicios ocultos por un plazo de 6 meses, aunque ignorase su existencia, tal como se indica en el artículo 1485 del Código Civil. Pero ese mismo artículo establece que, si ustedes han convenido lo contrario, el vendedor ya no será responsable, salvo que existiera dolo o mala fe por su parte.

Por tanto, si quiere ahora reclamarle ese defecto, deberá ser capaz de demostrar que era preexistente y, además, que ha habido mala fe por parte del vendedor, al conocer de su existencia y ocultársela a usted. Y me temo que eso es difícil de demostrar (salvo que dejaran constancia escrita de los fallos de la calefacción, cosa que dudo).

Ahora es tarde, pero nunca se debería aceptar una cláusula en la que se renuncia expresamente a sus derechos.


Artículo 1485.

El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos del animal o la cosa vendida, aunque los ignorase.

Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.

¡Gracias! 

Pues muchas gracias por tu respuesta!! Lo tendremos en cuenta para próximas compras o ventas. Eres muy amable

Saludos! 

Acabo de darme cuenta de que es usted de Catalunya, viendo su perfil. Ojo, que en ese caso, la legislación es diferente. El Código Civil de Catalunya, recientemente reformado, incluye importantes modificaciones en relación a la regulación legal de los vicios ocultos en la compraventa entre particulares.

Le recomiendo que lea este artículo y que, si lo cree conveniente, contacte con el despacho de abogados, porque podrían ofrecerle alguna solución.

¡Gracias!

Buenos días Poli,

Finalmente nos abonará el 30% de una nueva calefacción haciéndonos firmar un papel en conforme nos paga el 30% de una nueva calefacción con todos los datos y un párrafo final que dice que el comprador "declara conocer el estado del resto de accesorios y complementos que completan los muebles de camperización comprados tal día i conforme a la ley 1255 del código civil, exonera cualquier otra responsabilidad al señor xxx(vendedor).

Creemos innecesario eso de la exoneración ya que el vehículo tiene garantía de 6 meses.

Igualmente, el vendedor ha actuado con mala fe, ya que en el techo había un trozo un poco magullado y le preguntamos que era y nos dijo una antigua filtración que ya estaba reparada, y esta semana que ha llovido hemos visto que caen gotas del techo y la furgo estaba llena de agua..Después también rebosa agua en el suelo, pudiendo comprobar que parece que viene de la pica.. Todo esto también se los hemos comentado y nos dice que por eso ya ajustó el precio, cosa que es mentira, solo le lanzamos una propuesta de precio y el aceptó a la primera. Evidentemente no tenemos como demostrar que lo que nos dijo de la gotera fuera cierto, ya que fue todo hablado.. pero que seguramente di nos dice que si las ruedas se han de cambiar, cosa que hemos cambiado ya que es lo único que nos comentó y claro porque era evidente.. que si hay goteras, que si la calefacción estropeada que si filtración en el suelo.. ni esa oferta hubiéramos hecho.. directamente no la habríamos comprado.. pero en fin..

Si nos puedes ayudar sobre estos puntos que te hemos comentado.. Muchas gracias

Le repito lo que le dije en la última respuesta que le di:

En Catalunya existe una norma relativamente reciente y bastante elaborada para tratar estos asuntos. Si tiene usted interés en llegar a donde haga falta para resolver este asunto, lo que debe hacer es ponerse en manos de un abogado, con toda la documentación y pruebas que tenga. Pero sólo si está dispuesto a acudir a la vía judicial. Es evidente que el vendedor ha actuado de mala fe, pero no parece que vaya a lograr mucho por la vía amistosa.

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