Depreciación del costo de acristalamiento de un balcón en un apartamento alquilado

El apartamento alquilado tenía un balcón acristalado. Sé que estos costos no son deducibles, pero agregan valor a la propiedad y se pueden amortizar. ¿Cómo puedo amortizarlos, un 10% anual como mobiliario o solo un 3% anual como valor catastral del apartamento?

Respuesta
1

¿Amortizar? ¿Con que fin?

well, no soy a native speaker. Quizás, en español la palabra "amortización" no se usa en este contexto. Quiero decir, ¿cómo puedo restar estos costos de los ingresos del alquiler? Obviamente, no puedo simplemente deducirlos de inmediato. Tengo que utilizar la forma prolongada de deducir estos costos. Mi pregunta es: un 10% anual como mobiliario o solo un 3% anual como valor del apartamento?

Habria que leer el contrato de arrendamiento, pero me temo que lo que pretende - deducir del alquiler una reforma que ha hecho aunque sea con el consentimiento del arrendador - no es posible. Salvo que se haya convenido lo contrario las reformas y mejoras quedan a beneficio del propietario de la finca.

Pir cierto, lo felicito por su buen castellano.

Gracias por el cumplido. Bueno, por supuesto, soy la propitara, no la inquilina

La “amortizaciön” la usan solo las empresas pues rebajan los beneficios sobre los que se pagan impuestos. La ley se lo permite. Pero en el caso de un particular no tiene objeto. El monto de las reformas que hagas puedes, si guardas las facturas, añadirlo al costo original de compra en el momento en que vendas el inmueble, con el fin de pagar aquel año menos IRPF. En tus declaraciones anuales no tiene cabida lo que te gastaste en ellas.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1

En mi opinión depende del costo de esa obra, puede considerarse mejora o reparación.

Los costes <=> 5000 euros (aún no está hecho, solo estoy considerando esta oportunidad).
Estos costos no pueden considerarse como una reparación a que el balcón no fue acristalizado previamente. Esta es la nueva característica, que aumenta el valor de la propiedad. Mi pregunta es cómo deducir estos costos de los ingresos del alquiler: un 10% anual como mobiliario o solo un 3% anual como valor del apartamento?

En mi opinión, incrementa el valor de amortización de ese inmueble, no puede considerarse mobiliario.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas