Como contabilizar la compra de los muebles de una de nuestras casas de alquiler para seguir alquilándola

Nuestra empresa, entre otros negocios, tiene unas viviendas alquiladas. Una de nuestras inquilinas, ha dejado su casa. Pero ha dejado los muebles que compró ella, y nosotros se los hemos comprado. La ex inquilina nos ha hecho un recibo donde consta la entrega de los muebles y el pago de los mismos, (sin iva). Mi duda es como contabilizamos esto. Se considera inmovilizado, y de segunda mano, ¿por lo que se puede amortizar por el doble?. En fin, mi problema es como se hace dicho asiento.

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Tengo un cliente que tuvo un caso similar. Te explico nuestra consulta vinculante de manera muy rápida.

Él al igual que tú, compró los muebles y electrodomésticos de la cocina, que la había arreglado y eran nuevos. Se tuvo que realizar una factura oficial para poderla desgravar en la empresa esa compra. Como no llevaba ni a los 3.000 no le supondría ningún problema a la vendedora, pero la empresa requería un justificante legal de compra, como cuando se traspasa un coche. Llegamos a la contabilidad. Ahí, como lo comprado nos incrementó el valor de la propiedad, ya que, cuando se vendiera o alquilara, sería el piso y no los muebles, se incrementó la cuenta del piso, dando lugar a un pequeño incremento y tuvimos que realizar dos amortizaciones de esa vivienda.

La otra vía que te queda, es declarar que esa factura se considera Reparación y Conservación del piso, dando lugar a un gasto. En este punto queda muy abierto el tema, pero se podría llegar a considerar que en caso de haberse des equipado el piso, hubiera quedado deteriorado y en mala conservación por consiguiente.

Al final, debes poder interpretar un poco el objetivo de la empresa, si quieres alargar la amortización o si se puede considerar un gasto. En teoría y a la práctica, si es un valor dedicado al piso, debería incrementar el valor del piso. Ahí ya tú criterio final.

Muchas gracias por responder tan rápido. Si alargo la amortización, es cierto que por considerarse de 2º mano los muebles, se puede amortizar el doble que un mobiliario nuevo?. Y como haría el asiento en este caso?. No tenemos factura como tal, solo un recibo de entrega de dinero, con un número de recibo y por los 2000€ y sin IVA?

Gracias nuevamente porque no sabéis la labor tan importante que hacéis a los que no sabemos nada.

Gracias

Perdona la demora, estuve liado con los impuestos de varias empresas y no tuve lugar a revisar como estaban las consultas.

Estoy conectado ahora en el móvil, y me va un poco mal escribir, pero miro de ponerte una referencia fiscal de otra web fiable:

Tratándose de elementos patrimoniales del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias que se adquieran usadas (en caso de bienes inmuebles se exige tener más de 10 años de uso para considerarse como tal, es decir, que no sean puestos en condiciones de funcionamiento por primera vez, el cálculo de la amortización se efectuará de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Sobre el precio de adquisición, hasta el límite resultante de multiplicar por 2 la cantidad derivada de aplicar el coeficiente de amortización lineal máximo.

b) Si se conoce el precio de adquisición o coste de producción originario, éste podrá ser tomado como base para la aplicación del coeficiente de amortización lineal máximo.

c) Si no se conoce el precio de adquisición o coste de producción originario, el sujeto pasivo podrá determinar aquél pericialmente. Establecido dicho precio de adquisición o coste de producción se procederá de acuerdo con lo previsto en la letra anterior.

Como podrás ver, es por dos el coeficiente. Por otro lado, el tema del IVA. En ese caso, pásalo todo a gasto directo sin IVA y al ser 2.000 no pasaría por el 347 igualmente. O sea, una 210 contra 572/570 y la amortización, podrías hacerla en dos partes, una por el precio del piso inicial y otro por los 2000, ya que, como verás, una parte terminará antes de amortizarse. Yo omitiría pasarlo a la cuenta 216 de Mobiliario, en parte porqué no es un mobiliario que afecte a tú lugar de negocio si no, a mi criterio, tengo que decir, lo veo más como un valor añadido a un patrimonio, y cuando quieras calcular el beneficio de esa venta, te resultará más fácil que todo esté unificado.

Como siempre digo, espero haberte podido ayudar en este tema. Y ya ves, todos estamos para ayudarnos, y aprender.

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