Tengo un local arredando y me quiero llevar el suelo

Tengo un local alquilado el cual voy a abandonar antes de tiempo incumpliendo así mi contrato. Hice unas obras de mejora, colocando parque flotante, paredes de pladur y retiré toda la instalación eléctrica del techo, poniendo otro techo con otro tipo de luminarias. Me quiero llevar el suelo para colocarlo en un nuevo local que voy alquiler y el propietario me dice que no me lo puedo llevar, que es considerado no movible y que además, para colocarlo, cortamos la puerta de entrada y tenemos una cata hecha para pasar cables... No se que hacer porque igual me sale más caro una denuncia que el suelo. En el contrato pone que todas las obras realizadas quedan en poder del propietario, pero claro, ¿se considera obra la colocacioin del suelo?

Respuesta

Habría que ver el contrato. Si usted quiere nosotros podríamos asesorarle ya que somos especialistas, puede ponerse en contacto a través de los datos que figuran en nuestra web www.masqueabogados.com por mail a [email protected] o por teléfono al móvil 722 78 96 66

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Perder un juicio siempre le saldrá más caro que dejar el suelo.

Tenga en cuenta que deberá quitarlo, después pagará su abogado y procurador, si le condenan a abonar las costas abonará abogado y procurador de la parte contraria, y después volver a poner el suelo.

Claramente es una obra

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No te busques complicaciones. Deja este piso flotante donde está. El propietario del local te puede demandar y tu, con seguridad, perderías. Ello conlleva un costo que seria mayor que lo que vale este piso.

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No te compliques la vida, déjalo así pues tienes todas las de perder por lo enunciado en el contrato.

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