¿Cúal es el procedimiento para echar a inquilinos molestos?

Tengo un piso en alquiler desde hace año y medio, y me ha llegado un segundo aviso por parte del administrador de la finca comunicándome que mis arrendatarios realizan fiestas en la madrugada con la música muy alta y dando gritos, molestando y sin dejar descansar a los vecinos, e incluso han llamado a la policía, aunque no llego a personarse. Por lo que me comenta el administrador, los vecinos quiere iniciar una demanda judicial contra mi por no haber evitado estas actuaciones.

Cuando me avisaron la primera vez, yo se lo comente a mis inquilinos y me pidieron disculpas, porque, decían, había sido una celebración que se les fue un poco de las manos, y que no volvería a suceder. Pero ha vuelto a suceder.

Y a mi me gustaría rescindirles el contrato y que se vayan del piso.

Pero no se como tengo que actuar, ni que pasos tengo que dar para conseguirlo, así como para evitar problemas con la comunidad de vecinos.

En el comunicado de los vecinos dicen que se realizan fiestas ruidosas de forma continuada todos los fines de semana, pero a mi solamente me han llegado noticias de fiestas molestas en dos ocasiones en los últimos 6 meses.

Les agradecería enormemente si me pueden orientar en mi situación.

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La causal que expones no es argumento para rescindir un contrato de arrendamiento antes de su vencimiento. Tampoco veo que la comunidad pueda demandarte a ti pues si estas personas causan molestias son los vecinos son ellos los que deben presentar denuncia formal ante la policia “de forma fehaciente”, no con simples llamadas telefónicas. La prueba de que no lo hicieron la tienes cuando dices que “llamaron a la policía, aunque no llegó a personarse”.

Pero ya que el administrador te informó de los hechos, (supongo que por escrito pues si lo hizo de palabra puedes no darte por aludido) mándales a tus inquilinos un BuroFax bien detallado y documentado recordándoles que ya anteriormente les avisaste por esta misma razón y que si persisten en crear molestias a los vecinos “se tomarán las medidas legales correspondientes”, y mándale una copia al administrador junto con una carta tuya en la que, escuetamente, le digas que “has tomado las medidas pertinentes”.

Para terminar te quiero hacer unos comentarios. Para que la comunidad te “demande” a ti se requiere que en una Asamblea se apruebe tal resolución. Y ya que a esa Asamblea tu acudirás, y en ella tendrás voz y voto, “del dicho al hecho hay un trecho”, como dice el refrán. Y si tan feo lo vieses no tienes más que pedirle a un abogado que te represente y defienda tus intereses en dicha Asamblea. Pero, créeme, estas cisas nunca llegan tan lejos.

No te dejes intimidar pues, pero presiona a tus inquilinos.

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