Alquiler de piso propiedad de una sociedad

Hemos comprado un piso a nombre de una persona jurídica, y nos hemos dado de alta en el epígrafe de promoción inmobiliaria. Vamos a alquilar el piso a un particular. Entiendo que hemos de emitir la factura correspondiente repercutiéndole el iva al inquilino. La retención por IRPF, ¿también?

2 respuestas

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto y sus obligaciones con la sociedad.

Los alquileres de vivienda habitual a un particular no tienen IVA ni Retención.

La actividad de arrendamiento de viviendas esta exenta de IVA. Y si tienen otros inmuebles, como locales o naves, estarán en regla de prorrata para el IVA.

Yo tenía entendido eso pero entre particulares. En este caso la sociedad tiene ingresos por otras actividades ya que tiene varios epígrafes. Entiendo que hay que hacer prorata Iva

Efectivamente tendrá que hacer prorrata de IVA pues los arrendamientos de vivienda a particulares están exentos de IVA.

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Hay que tener en cuenta que si son otras actividades distintas del alquiler son sectores diferenciados con lo cual una actividad no tiene nada que ver con la otra y deben tratarse por separado lógicamente hay que aplicar un % común calculado mediante la misma fórmula que regla de prorrata

Pero ese % solo afecta a los gastos comunes

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