Derecho a paga extraordinaria de pensionista fallecido

Un pensionista fallece en marzo y cobra todo el mes, independientemente del día de ese mes, la pregunta es si tiene derecho a un prorrateo de pagas extraordinarias.

2 Respuestas

Respuesta

No estás hablando del muerto; estas hablando de los herederos. Tendrá que verse cual es la posición de la Seguridad Social cuando se calcule la base hereditaria.

Respuesta

Segun opina la Seguridad Social:

En los casos de extinción, baja o suspensión del percibo de una prestación, cualquiera que sea la causa, la paga extraordinaria se entenderá devengada el día 1 del mes en que se acuerde la baja o suspensión o se produzca la causa de extinción.
Se abonará en razón de una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre el mes de diciembre (paga extraordinaria de junio) o el mes de junio (paga extraordinaria de noviembre), y el mes en que se produzca la suspensión o extinción de la pensión. Cada sexta parte se calculará tomando la cuantía de la pensión ordinaria correspondiente al mes en que se acuerde la suspensión o extinción.

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