Voy a comprar un piso para vivir dentro de dos años. De cara al banco, se considera vivienda habitual ?

Voy a comprar un piso, en la entidad bancaria me han preguntado si es para vivienda habitual, en realidad si lo es pero hasta dentro de dos años no viviré en ella por cuestiones de que estoy trabajado fuera de la ciudad, mientras en dedicare a reformarla. Debo informar al banco antes de firmar la hipoteca, ¿se considera vivienda habitual de cara a la entidad bancaria? Ellos dan el 80% si es habitual y el 65% si es Segunda vivienda. En mi caso se considera habitual si para comprar un piso para vivir en dos años y mientras reformarla, ¿se considera Segunda vivienda? La realidad es que solo tendría una, vivienda, ya esa sería la primera y única.

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En las circunstancias que describe entiendo que ese inmueble es, va a ser, su vivienda habitual, nunca su segunda vivienda.

Así es, será mi vivienda habitual dentro de un año y medio como mucho dos años. Mi preocupación es que para pedir el préstamo hipotecario me beneficiaré de condiciones como el tipo de interés y la tasación que será al 80% como si fuese vivienda habitual y no quiero tener problemas, en realidad es mi primera compra. Entonces no sé si hago mal, tengo un dilema en ese sentido, comprarla como segunda vivienda sería tener otras condiciones como la tasación que sería bastante menos y el tipo de interés, pero claro tampoco se trata de una segunda vivienda, ni es de playa y tampoco la voy a alquilar ni a sacar rendimiento, es para mi a medio plazo, vivo en otra comunidad autónoma distinta por temas labores y cuando vuelva quiero tener mi casa comprada y reformada. Hago mal, legalmente hablando? 

En mi opinión, desde luego no es segunda vivienda, porque no tiene otra, y por lo tanto no infringe ninguna norma.

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