En cuanto tiempo prescribe una infracción urbanística?

Tengo una segunda vivienda, es una casa unifamiliar en una zona de costa. Por motivos de salud no he podido volver en un par de años. Ahora me encuentro que la parcela contigua donde se estaba edificando un chalet, no han respetado el retranqueo lateral. Y medido desde mi muro hasta la vertical de su alero hay un metro nada más, cuando debería haber al menos 2,5 metros. ¿Cuándo prescribe esta infracción? ¿Incluso si hubiese prescrito debo denunciar para preservar algún derecho futuro?

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En lo que describe habría que distinguir entre infracción urbanística y constitución de una servidumbre de luces y vistas en su contra, en el primer caso, si le parece que se han infringido las normas urbanísticas de ese ayuntamiento debe denunciarlo, en el segundo caso, debe tener en cuenta que su vecino puede adquirir esa servidumbre por prescripción y luego no podrá hacer nada.

Muchas gracias por su pronta respuesta Pedro. Lo que mi vecino levantó, es una escalera con un porche acristalado entre columnas y con alero. Creo que está claro que se trata de una infracción urbanística. Es en Galicia. Lo que me indigna es que siendo tan evidente y a la vista de cualquiera ( incluida la policía local que transita constantemente por delante). El ayuntamiento no haya actuado de oficio.

El ayuntamiento supongo que habrá exigido la licencia de obras que, en definitiva, es un impuesto.

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