Legado al viudo usufructo herencia

Lamentablemente, hace apenas un mes que ha fallecido mi esposa, con la que estaba casado en únicas nupcias en régimen de gananciales y con tres hijos mayores de edad, de 37, 34 y 25 años.

El caso es que en su testamento dispone para mi, el viudo, "el legado del usufructo de su herencia, relevándome de las obligaciones de hacer inventario, etc.

Por otra parte instituye herederos universales a nuestros citados hijos, por partes iguales, etc, etc.

Nuestros bienes gananciales, aproximadamente y redondeando, simplemente se componen de una vivienda familiar valorada actualmente en unos 60.000 euros y varios productos bancarios, a nombre de ambos, que en total alcanzan otros 50.000 euros.

Desearía que algún experto en materia de reparto hereditario, me explicara, si tuviera la amabilidad, en que consiste mi "papel" de obtener y administrar el legado que me cede mi fallecida esposa y como quedaría el reparto de bienes, tanto para mí como para mis tres hijos.

Entiendo que el conyuge viudo "superstite" tiene al menos el "derecho" a permanecer en la vivienda familiar mientras así lo desee ó fallezca, pero no sé la repercusión que esta claúsula de resultar "legatario del usufructo de herencia" pudiera tener respecto del reparto de los saldos bancarios entre mis hijos.

Esta es mi consulta y espero que algún experto me pueda asesorar, independientemente de que en cuestión de semanas debo de acudir a un notario a encargar el protocolo de sucesión correspondiente, tan pronto como disponga de toda la documentación preceptiva.

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Su esposa le ha dejado a usted como heredero y con el usufructo de todos sus vienes.

Desde los 15 días del fallecimiento y en el plazo de un año, ha de ejecutar la herencia de su mujer hacia usted. Ha de pedir el certificado de últimas voluntades, e ir al notario para que realice la escritura de herederos. Luego ha de pagar usted los impuestos de sucesiones y la plusvalía.

Usted puede usar, gastar o vender todos los dineros en efectivo, cuantas y cartillas de ahorro, acciones, fondos de inversión, enseres y objetos especiales (joyas, obras de arte) que dejó y tiene derecho a usar la vivienda o a alquilarla, mientras usted viva. Para vender la casa tiene que constar con sus hijos, pues usted tiene el usufructo y ellos la "nuda propiedad".

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La mitad de todo vuestro patrimonio común es tuyo, por tanto lo que ella deja a sus hijos es su mitad. La otra mitad, la tuya, no te la puede tocar nadie, y ya que te da el usufructo entiendo que del piso, nadie te puede sacar de ahí. De todos modos, ¿has ido ya al notario para que se formalice el reparto de la herencia?

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¿Normalmente el testamento es del uno para el otro cuando son bienes gananciales usted tendrà otro igual? Seria para usted bueno que en el testamento ponga lo siguiente ! Dejo a mi esposo heredero universal usufrutuario vitalicio, de esta manera ya tiene su vivienda asegurada para el resto de su vida como bien le responde el anterior experto, de todas formas tendra que pasar por el notario para que todo quede perfecto, referente a lo del dinero.

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