¿Puede una Asciacion Cultural explotar un bar?

La tesitura es la siguiente. Soy directivo de una asociación cultural juvenil sin animo de lucro que tiene como objetivo la defensa y promoción de las fiestas del pueblo. El tema es que tenemos un local con licencia de bar alquilado y queremos saber de que manera podemos explotar esa licencia de bar y ese local para sufragar los gastos de la asociación. He leído que para hacerlo la asociación debe hacer IVA, retenciones e impuesto de sociedades y hacer contrato a los "camareros" o sino limitar el local a solo socios y que la explotación del bar sea autoservicio y por lo tanto donaciones.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que les ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchas asociaciones por toda España.

Una asociación puede tener actividad económica, pero tendrá que tributar por ello... Por lo que ha de llevar una contabilidad (de la parte asociativa y de la actividad económica) que permita liquidar el IVA (con regla de prorrata) y el Impuesto de Sociedades como parcialmente exento. Y tendrá las mismas obligaciones que una empresa al respecto, tanto fiscal, contable o laboral.

Lo que no puede hacer es repartir el beneficio, que se debe gastar en el cumplimiento del objeto social.

Tampoco recomendamos que los miembros de la junta directiva sean contratados como trabajadores.

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