Herencia o renuencia de la misma

Acepté una Herencia de mi padre a beneficios de inventario hace unos años, ahora voy a la pregunta, los suegros de mí padre fallecieron, no hicieron testamentos, la mujer de padre falleció antes que él tampoco hizo testamento, y los únicos herederos de mi padre es mi hernano y yo.

Ahora resulta que al morir su ex mujer, y sus padres de ella, los hermanos de su ex mujer, han querido cambiar una casa de nombre, y no pueden porque salgo yo de heredero puestos que su hermana ni mi padre hizo testamento alguno, y salgo yo de Heredero, yo ya acepté una herencia hace años, ahora me piden el cuñado de mi padre que renuncie a la herencia de la casa, cosa que me da igual hacer por que lo que no es mío, aunque pertenezca no lo quiero..

Pero mi pregunta es una vez aceptada la herencia a beneficios de inventario, ahora puedo rechazar esta otra sin que me afecte la que ya hice muchas gracias, porque cuando acepté, lo hice tanto lo positivo como lo negativo

Respuesta

Una vez aceptada la herencia, no se puede rechazar..., sino al contrario, ampliar con el nuevo bien no incluido si fuera necesario.

En cualquier caso debe ponerse en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto y las posibles soluciones. Las herencias son complejas.

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Respuesta

Búscate un abogado. Estas cosas no son fáciles ni se aclaran con una consulta por internet. Te conviene.

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