Administrador se olvida de renovar cargos reunión

Partiendo de la base de que es obligatorio la renovación de cargos en la junta ordinaria de la comunidad y siendo este un punto que nunca ha aparecido en el orden del día de las reuniones, pregunto,

- Se puede considerar delito que el administrador no informe a la junta de que debe ratificar su cargo.

- Se podría considerar que actualmente no es el administrador y que debería ser ratificado

- Si además no se entregan las actas ni a los vecinos que acuden ni a los ausentes, se puede considerar la reunión nula

Y que y como hacemos con este individuo

3 respuestas

Respuesta

Contesto a sus preguntas:

1.- NO. El administrador no es, legalmente, quien decide sobre los cargos de la junta. Normalmente en un profesional que se encarga de la gestión y que asesora al Presidente, que es quien debe decidir sobre estas cuestiones.

2.- Como le digo el administrador suele ser un profesional ajeno a la Comunidad de propietarios que más que "nombrado" está contratado por la Comunidad.

4.- Si se levantan actas de esas reuniones, aunque no se notifiquen, la reunión no será nula, en todo caso se podrán impugnar los acuerdos adoptados, si hay plazo para ello.

Le dejo este enlace con la LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL, comentada, le vendrá bien .

Respuesta

Pero ese administrador es también el secretario y debería haber incluido dicha renovación

Todo lo que tienen que hacer es echar ya ese inútil

¡Gracias! Pero no es tan fácil, visto lo visto parece ser imposible que un administrador de fincas cometa un delito, o yo no soy capaz de verlo

Respuesta

Decir que eso es un delito no es correcto,

¡Gracias! Pues eso es lo que digo que da la impresión que es muy fácil saltarse o no cumplir la lph y que aquí no pasa nada

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