Embargo nómina, por impago préstamo

Tengo desde el 2011, un embargo de nómina por impago de un préstamo hipotecario (del que ya me embargaron el inmueble). El caso es que me he quedado en paro, con dos préstamos personales sin poder pagarlos... No sé si al tener el embargo en la nómina (todavía me quedan 67.000 eur), el otro banco me puede embargar más, puesto que me quitan el máximo. ¿Podrían embargarme más cosas, este otro banco?

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Respuesta

El equivalente al SMI de su salario es inembargable. Para el 2020, esa cantidad es de 950€. Por encima de esa cantidad, el siguiente tramo de SMI es embargable en un 30%. El siguiente tramo de SMI es embargable en un 50%. El siguiente, en un 60%. El siguiente, en un 75%. Y los siguientes, en un 90%.

Si usted cobrara, por ejemplo, 2.000€ (950 + 950 + 100) podrían embargarle:

- 0 del primer tramo de 950 = 0

- 30% del segundo tramo de 950 --> 950 * 0.3 = 285

- 50% del tercer tramo de 950 --> 100 * 0.5 = 50

Total: 0 + 285 + 50 = 335

Si a usted le están embargando el máximo, no le pueden embargar más.

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