¿Como exonerar comisiones cuenta pago hipoteca?

Este mes el banco a comenzado a cobrarme comisiones en la cuenta que tengo para pagar la hipoteca creada en 2003.
Como ha pasado tanto tiempo, el banco siempre me hacía contratar algún producto, pagar recibos esenciales, sacar tarjetas de crédito... Para retirarme las comisiones, pero esta vez me requieren o que contrate un seguro que me resulta un 28% más caro, o contratar un fondo de inversión de más de 10.000€

Esa cuenta no la quiero más que para pagar la hipoteca, pero ahora mismo la estoy usando por imposición del banco para domiciliar bastantes recibos y sacar dinero.
Como esta cuenta se contrató antes del 2012, si ahora quito todas las domiciliaciones y tarjetas de crédito, ¿podría exigir al banco que no me cobrara la comisión de mantenimiento? ¿O cómo ya se ha utilizado para otros propósitos ya no se permite?

Respuesta
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Como norma general usted no puede cancelar o cambiar la cuenta bancaria donde se cobra el recibo de la hipoteca.

Por lo tanto, tendrá que pagar comisiones o hablar con ellos, para ver que posibilidades tiene para evitar el pago de ellas, como domiciliar ciertos recibos, utilizar la tarjeta u otras posibilidades, si es que las tiene.

Actualmente la mayor parte de bancos cobra comisiones.

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Muchas gracias por contestar, pero no quiero cancelar la cuenta bancaria, tan solo dedicarla a las funciones propias de pagar la hipoteca, puesto que el resto de usos han sido impuestos durante todos estos años por el banco para eximirme de las comisiones.

Según el banco de España:

Para aquellos préstamos o depósitos contratados antes de abril de 2012, en los que el consumidor estaba más desprotegido, el criterio que el Banco de España ha establecido es que la entidad no puede cobrar comisiones de mantenimiento si la cuenta se utiliza exclusivamente para la gestión de la hipoteca o depósito, es decir, para realizar los pagos de la hipoteca o recibir los intereses del plazo.

Además, se podrían atender otros pagos y domiciliaciones relacionadas con el préstamo o depósito, como por ejemplo, seguros vinculados a hipoteca, sin que se nos cobre la comisión. Si la cuenta se utiliza para otros fines (sacar dinero, pagar el IBI o la Comunidad de Propietarios, etc.) la entidad podría cobrarnos la comisión correspondiente.

Por tanto, la pregunta es ¿Si la cuenta se ha utilizado para otros fines, pero ahora sólo se va a utilizar para afrontar los gastos propios de la hipoteca, el banco tiene que acatar la orden del Banco de España y no cobrar comisiones?

Una cosa son los criterios del banco de España y otra lo que finalmente hacen los bancos.

Debería hablar con su entidad financiera y ver que opciones le ofrece, si no esta conforme, presentar una reclamación al defensor del cliente y al banco de España... y si siguen sin aplicar ese criterio ir a la justicia.

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