Ejecucion de titulos judiciales

He recibido del Juzgado Ejecucion de titulos Judiciales, una diligencia de Ordenación del Ejecutante, sobre ésta deuda ya me lo está embargando la Delegación de Hacienda, sin embargo recibo sobre el mismo procedimiento la Ejecucion de Titulos Judiciales por otra via, para ello el Modo de Impugnacion dice hacer recurso de reposición el el plazo de cinco dias, desde su notificacion, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta, mi pregunta es, Puedo personarme en el Juzgado y decir que sobre éste procedimiento ya me está embargando la Delegación de Hacienda ó necesariamente tengo que hacerlo a través de un abogado y procurador, la deuda es de 900 €

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Pues depende si en el proceso principial, de donde viene el título judicial que ahora se está ejecutando, fue necesaria la intervención de abogado y procurador, sino lo fúe, en la oposición tampoco lo es y viceversa. En general no es necesaria la intervención de abogado ni procurador en los procesos determinados por cuantía inferior a 2.000€

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