Procurador y abogado

He recibido una carta del juzgado en la que se me hace saber que:
Dada cuenta, el anterior escrito presentado por D..., letrado de los ejecutantes D... Y D... ... únase a los autos de su razón y, conforme se interesa, requierase a la parte, a través de su procurador en las presentes actuaciones D... A fin de que en el plazo de diez días designe nuevo abogado en su defensa haqciéndole saber que la intervención de abogado y procurador son preceptivas en el actual procedimiento.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación
Esto hace referencia creo a que hace unas fechas decidimos prescindir de los servicios de nuestro abogado en relación a un proceso contra un inquilino que no pagaba el alquiler y al cual se consiguió deshauciar. Deduzco que es obligatorio tener abogado y procurador para seguir con las actuaciones, pero si quiero terminar con este proceso, ¿qué debo hacer? ¿Presentar el recurso que se me indica? Todo este tema se ha hecho muy largo, caro y desagradable y quería terminar con él.

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Si es la demandante y desiste después de que la demandada haya contestado será condenada en costas, todo depende de como esté la tramitación del proceso
Como bien señala esa resolución judicial se le requiere a fin de que en el plazo que se le concede nombre un nuevo abogado

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