Después de cobrar el paro ¿Cuántos meses de subsidio me corresponde con contrato fijo discontinuo?

Estoy casada y tengo una hija. Tengo 10 meses cotizados en una empresa de calzado como fija discontinua y mi último contrato dos meses cotizados con un contrato indefinido normal. Después de cobrar 4 meses de paro y dejar un mes que sigo sin trabajar ¿Cuántos meses de ayuda familiar me corresponderían sin sobrepasar las rentas?

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Respuesta

I. Hola Isa, en mi caso no sé responder a su consulta pero según tengo entendido para poder ser beneficiario de la prestación por desempleo de nivel contributivo, una de las dos condiciones que la persona debe acreditar es la de encontrarse en situación legal de desempleo, condición que usted ya posée.

Quería dejarle unos enlaces y un texto que pienso le resultarán de utilidad para empaparse de algunos apartados de interés sobre el sibsidio de este tipo de contrato, siento las molestias de no saber atenderle mejor y le deseo suerte.

https://cursosinemweb.es/paro-trabajador-fijo-discontinuo/ 

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/requisitos-acceso-prestaciones/cobrar-prestacion-trabajador-fijo-discontinuo.html 


* *El trabajador fijo-discontinuo puede recibir dos tipos de prestaciones por desempleo.

Podrá cobrar prestaciones de desempleo cuando finalice definitivamente su relación laboral con la empresa por una causa involuntaria, o si se suspende o se reduce la jornada laboral por un Expediente de Regulación de Empleo. Como les sucede al resto de los trabajadores, para poder cobrar la prestación contributiva, el fijo discontinuo tiene que tener acumulado al menos un año de cotización por desempleo.

Además, podrá acceder a la prestación por desempleo en los períodos de inactividad productiva entre campañas, deteniendo la prestación cuando reinicie la actividad. .

Así es, el trabajador fijo discontinuo cuando está en el periodo de inactividad está en situación legal de desempleo. No se ha roto su contrato con la empresa, únicamente está en suspenso durante los meses de inactividad y en ese estado, se le considera en paro;Se consideran en situación legal de desempleo los trabajadores fijos discontinuos, que realicen trabajos que no se repitan en fechas ciertas y estén sujetos a llamamiento, y los trabajadores que realicen trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas, en los periodos de inactividad productiva. (Art. 208.1.4 LGSS) . Esta situación se acredita con el certificado que la empresa envía a la oficina de empleo”.

Si acceden a la prestación por desempleo por ser trabajadores fijo-discontinuos no podrá compatibilizar prestación y trabajo a tiempo parcial una vez reiniciada la actividad.

Limitaciones de los subsidios en el caso de los fijos discontinuos

Por lo peculiar de este tipo de contratos, los subsidios que pueden recibir tienen ciertas limitaciones que no existen en el caso de los trabajadores con contrato normal. Los fijos discontinuos pueden solicitar la ayuda familiar y también el subsidio por insuficiencia de cotización, pero en estos casos la ley reduce la duración del subsidio al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud, si se trata de un nuevo derecho.

Mientras se tenga la consideración de trabajador fijo discontinuo no se puede solicitar el subsidio para mayores de 55 años. Cuando de forma definitiva se extinga su relación laboral con la empresa, entonces si podrá solicitarlo si cumple los requisitos generales de este subsidio**

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