Deuda de mi esposa por tarjeta

Mi esposa tiene una deuda de un préstamo que ahora no puede pagar, ha recibido una notificación del Juzgado para el embargo de sus bienes y nomina. La casa la tenemos hipotecada y no cobra pensión alguna. Me pueden embargar mi pensión.

3 respuestas

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Solo pueden embargar lo que sea de ella...

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Si estan casados en regimen de bienes gananciales, la deuda es de los dos, si tienen separacion de bienes, la deuda sera ella la que la tiene que amortizar. Si tiene usted una pension y estan en gananciales le retiran una cantidad que dictamine un Juez

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No dice usted si están casados en gananciales, si le preocupa el embargo de su pensión entiendo que es sí, hay que decir que por razón de esa deuda no le pueden embargar su pensión directamente, ahora bien pueden embargar el saldo de la cuenta corriente en el que deposita su pensión, si esa cuenta está a nombre de usted y su esposa.

Gracias por su pronta respuesta,claro que estamos preocupado.Estamos casados en gananciales

mi duda es si el embargo de saldo de la cuenta es total o al 50%  del dinero que hay en la cuenta en ese momento del embargo  y si ese embargo es periódico o ocacional.Gracias nuevamente

Debería domiciliar su nómina en una cuenta que esté solo a su nombre.

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