Contrato por obra durante 8 años

La empresa me acaba de informar que por error sigo teniendo contrato por obra desde que empecé a trabajar como comercial en 2011, aunque debería haber sido indefinido al cabo de 6 meses.
Ahora 8 años más tarde me quieren dar de alta como indefinido a partir del 2019.
¿Puedo reclamar compensación? ¿Se puede exigir me den de alta como indefinido de manera retroactiva desde 2011?
¿Qué problemas puedo tener a nivel cotización SS o pensión por este tipo de contrato durante 8 años?

1 respuesta

Respuesta

A todos los efectos una vez cumplido el plazo máximo del contrato temporal usted está considerado como trabajador indefinido independientemente del código que tenga indicado.

El perjuicio en todo este tiempo lo ha tenido su empresa ya que ha estado pagando una cuota de cotización más alta al ser contrato temporal que si hubiese tenido indicado el indefinido, en cuanto a su base de cotización para prestaciones es la misma con ambos contratos.

Usted se ha visto perjudicado con este tipo de contrato al aplicarle unas deducciones por cotización en desempleo de 0.05% mayor que si hubiese tenido una contrato indefinido. Puede valorar el importe que ha sido y en ese caso debería reclamárselo a la empresa.

Buenos días Salvador,

Muchas gracias por la información. Quisiera hacer una consulta más:

Durante estos 8 años no solo he tenido contrato por obra (CT. 401) sino además un Grupo de Cotización 5 que corresponde a Auxiliares Administrativos. En otras empresas donde trabajé anteriormente siempre he tenido un GC. 1 como Licenciado.

¿Supongo qué este GC también afecta a mi cotización y debería reclamar?

¿Se puede exigir que me hagan constar correctamente el CT y GC a efecto retroactivo?

Muchas gracias de nuevo.

Un saludo.

Si su base de cotización durante este periodo era inferior a la minina del grupo de cotización 1, efectivamente estarían cotizando menos de los que le correspondería, en el año 2019 esta base minina se establece en 1.466,40€.

Para que le reconozcan ambas cosas, la empresa debe realizar la regularización de forma voluntaria, o en caso de no hacerlo, usted debería demandarla ante inspección de trabajo para que le regularicen la situación.

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