Acceso certificado fin de obra en ayuntamiento

He comprado una vivienda sobre plano y quisiera saber si muchas de las actuaciones realizadas en la vivienda y zonas comunitarias, se han hecho o no según el proyecto inicial. Para ello, ¿debo solicitar el certificado final de obra en mi ayuntamiento?, ¿En el se describirá o se verá en algún plano, por ejemplo, la altura de una puerta corredera?

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Por el certificado final de obra no indica nada de lo que pretendes saber. Cabe que tu compruebes si los planos responden a lo que te vendieron. Para ello deberás encargar la verificación de los detalles a un aparejador independiente.

¿Y donde consigo dichos planos? Porque sólo dispongo del plano donde indica los m2 de cada estancia, los m2 útiles y construidos pero nada referente a altura de puertas. ¿Estos planos los podré conseguir en el ayuntamiento?

Muchas gracias

Tu no has de hacer nada. El aparejador al que encargues la gestión lo hará todo.

¿Yo como propietario no puedo tener acceso al proyecto de obra?

Inténtalo. Obligación no tienen de enseñártelos.

O sea, que para saber si una puerta corredera me la han hecho más alta de lo que se proyectó, o bien no me enseñan el plano porque no tienen obligación o he de contratar a un aparejador con el que entiendo que tienen menos obligación que conmigo, que soy el propietario. No entiendo nada...

Hay muchas cosas en este mundo que no entendemos, en especial las leyes y los reglamentos, y son como son. Lo que no entiendo es que no te hayas dado cuenta de estos detalles hasta estar la obra acabada. ¿No la visitaste regularmente mientras la construían? Era el momento de “meter cucharada” en lo que estaban haciendo. Yo me encontré en el pasado en una situación similar y, perdona la expresión, me convertí en una “mosca cojonera” para el constructor.

Pues sencillamente porque en el contrato de compraventa del piso se prohibían las visitas de obra, o sea que poco he podido hacer. Según tu parecer no puedo averiguar si la altura de la puerta corredera del salón es la proyectada, ¿no?

Podías haber impugnado esta cláusula. Al propietario no se le puede imponer esta condición. Pero no es el caso que nos ocupa. Nos hemos desviado de la pregunta inicial. Insisto pues: gestiónalo a través de un aparejador, o usa la “mano izquierda”. “No se matan moscas a cañonazos”.

Insisto, ¿no tienen obligación de enseñarme los planos a mi y se los van a enseñar a un aparejador?

‘“Obligación” no tienen. Y si llevas por delante la bandera de las “obligaciones”, poco conseguirás en esto como en tantas otras cosas en este mundo. Si te sugerí que encargases a un aparejador el pedir consultar los planos, fue porque en los departamentos de obras de los ayuntamientos hay aparejadores, y entre ellos se entienden. Un “extraño”, que les ponga además por delante sus “obligaciones”, poco va a conseguir. Te lo voy a repetir: “no se matan moscas a cañonazos”. ¿Más claro?

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