Proyecto ejecución obra nueva

¿Tiene el promotor obligación de entregar al comprador copia del proyecto de ejecución de la obra? Vivienda unifamiliar de obra nueva. ¿Además del promotor por qué otra vía se puede conseguir? ¿En el ayuntamiento te pueden dar copias? ¿O en el colegio de arquitectos?.

2 respuestas

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En primer lugar hay que puntualizar una cosita; una vez finalizada una obra hay que redactar lo que se llama el Proyecto Final de Obra que es el cómo ha quedado finalmente la obra.
Si en la obra no ha habido cambios con respecto al proyecto original este Proyecto Final de Obra es igualito al Proyecto de Ejecución de la obra, con la única diferencia del nombre.
Lo que el promotor debe entregar al usuario final es el Proyecto Final de Obra.
Si no te lo ha entregado seguramente es porque no se ha redactado. En ese caso se puede exigir al promotor que lo encargue y te lo entregue.
Olvida al Ayuntamiento y al Colegio. Quien te lo tiene que facilitar es el promotor.
En mi caso estoy a punto de escriturar, la única que falta de la promoción, he contratado un informe de un aparejador por desperfectos y mala terminación que me pide el proyecto se lo solicité al promotor que no me lo da (dando largas, que se lo tiene que pedir al estudio...), a los otros propietarios que han escriturado no les han entregado ninguna documentación salvo los boletines para darse de alta en los servicios, no les han entregado el libro del edificio... por eso preguntaba otra vía sin ser el promotor.
Si el promotor dice que lo tiene que pedir al estudio está claro que no se ha redactado. Y en ese caso es imposible que esté en ningún sitio. O sea que ni en el ayuntamiento ni en el Colegio van a tener ejemplares de una cosa que no existe.
El art. 7 de la Ley de Ordenación de la Edificación dice claramente que el promotor tiene que entregarte el Libro del Edificio que incluirá el Proyecto Final de Obra. El notario debería oponerse a escriturar si no está la documentación correcta.
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En principio no tiene obligación, pero según el artículo 8 de la LOE si tiene obligación de darte la documentación referida a sistemas y equipos enumerados en el artículo 7.2 (remitiéndote éste al ANEJO II). Si tiene obligación de darte manual de uso y mantenimiento.
Para obtener una copia del proyecto de ejecución te recomiendo que lo solicites en el ayuntamiento (ellos si te pueden mostrar el expediente y hacer copia de lo que te interese, ya que es público, deberás hacer un escrito solicitando vista y copia del expediente), ya que en el colegio de arquitectos al estar a nombre del promotor no te lo facilitarán a no ser que lleves una autorización por su parte (cosa que creo que no están dispuestos a darte ya que si no te darían una copia directamente).
¿No forma parte del lbro del edficio el proyecto final de obra? ¿No debe tener la promotora a disposición del comprador el proyecto de la obra?
Una cosa es el proyecto básico, otra el de ejecución y otra el final de obra.
Según la LOE es obligatorio que te entregue lo que te indique anteriormente, eso no quiere decir que no lo puedas conseguir en el ayuntamiento. Por lo tanto no es obligatiorio que lo tenga a disposición de los compradores, otra cosa es que en algunas ocasiones si lo faciliten, pero tener no tienen la obligación, ya que son documentos técnicos para ejecutar la obra.

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