¿Debe darse de alta en autónomos?

Mi hermana es estudiante por lo que aún no tiene actividad profesional habitual pero es muy aficionada a la fotografía y ha conseguido una exposición remunerada en un ayuntamiento. Mi duda es cómo debe procederse a la facturación, ¿debe darse de alta en autónomos para poder facturar aunque sea una exposición puntual que únicamente va a emitir una única factura pagando la correspondiente tasa de autónomos? Doy por hecho que el IVA hay que pagarlo por lo que en Hacienda tendrá que darse de alta, ¿cuál es el procedimiento? Mi duda radica en si también debe de darse de alta en autónomos para realizar un único cobro.

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La obligatoriedad de darse de alta en la seguridad social como trabajador autónomo la determina que se realice una actividad económica de forma habitual, personal y directa a título lucrativo. Lo que mencionas es totalmente esporádico, por lo tanto no hay una continuidad ni habitualidad en la actividad. Por lo tanto no tendría obligación a darse de alta en el régimen de autónomos.

Distinto son las obligaciones de cara a Hacienda, ya que sí que es obligatorio darse de alta censal en la actividad correspondiente, facturar y realizar las declaraciones correspondientes incluida la liquidación de IVA.

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